El panorama político del municipio risaraldense entra en una etapa decisiva. Tras la radicación de los motivos de inconformidad ciudadana, las autoridades competentes han emitido la resolución oficial que otorga reconocimiento legal al comité promotor que busca la revocatoria del mandato del actual alcalde municipal.

Formalización del Comité y Representación

La resolución emitida no solo valida la intención de los ciudadanos, sino que otorga una estructura formal al movimiento. El documento identifica plenamente al representante oficial del comité, quien actuará como el interlocutor ante la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral (CNE). Con este paso, el comité adquiere la facultad legal para gestionar recursos, organizar brigadas y, lo más importante, recibir la documentación necesaria para la siguiente fase.

Audiencias Públicas: El Derecho a la Defensa

Uno de los componentes esenciales que dicta la resolución es la programación de audiencias públicas. Estos espacios están diseñados para garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de la parte demandada. En estas sesiones, el alcalde tendrá la oportunidad de exponer su gestión y controvertir los argumentos presentados por los promotores ante los entes de control y la comunidad.

Recolección de Firmas: Un Camino sin Obstáculos

Es imperativo aclarar que la realización de las audiencias públicas no detiene la marcha del proceso administrativo. Según lo establecido en la normativa vigente, este hecho no se cruza ni obstaculiza el procedimiento de entrega de los formularios.

Esto significa que, una vez se cumplan los requisitos técnicos, los promotores podrán iniciar la recolección de las firmas ciudadanas de manera simultánea al desarrollo de las audiencias de descargos. La logística para el despliegue en barrios y veredas del municipio puede comenzar en cuanto la Registraduría haga entrega formal de las planillas oficiales.

El Reto de la Participación Ciudadana

A partir de este momento, el comité promotor asume el desafío de alcanzar el umbral exigido por la ley. Para que la solicitud sea vinculante y se convoque a las urnas, deberán recolectar un número de firmas válidas que represente, al menos, el 30% de los votos obtenidos por el mandatario en su elección. El ambiente en Belén de Umbría se prepara así para un periodo de intenso debate público sobre el rumbo de la administración local.

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