Con esta denuncia del abogado Guillermo Parra Vargas, son varias las que hacen tránsito en la Fiscalía, esta es por los presuntos delitos de Peculado por Apropiación, Contrato sin cumplimiento de requisitos legales e Interés Ilícito en la celebración de contratos, un convenio que denuncian presuntamente era para $1.500 o $2.000 millones y con adiciones subió a $6.300 millones.




Esta denuncia es por el negocio de Catastro que tanto afecta a los santarrosanos.
¿Dónde quedó la selección objetiva y transparencia para el convenio firmado por Paulo César Gómez con la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – Go CATASTRAL?

Dice el Denunciante «que el objeto del convenio era para 18.000 predios urbanos y 3000 rurales; haciendo un trabajo tan desastroso que la inconformidad de los propietarios de inmuebles en la ciudad, ascendió aproximadamente a un 70 u 80% de los propietarios de fundos; con algunos amigos creamos en aquella oportunidad un comité pro damnificados inconformes con esa situación y elaboramos en un lapso de 2 años, unos 2000 derechos de petición para la denunciada gestora catastral; de los cuales algunos tuvieron buen éxito y otros no».



Vuelve a decir el denunciante: «Hoy, con el estudio del trabajo efectuado por la gestora catastral Go castastral, por parte del IGAC, corroboramos, señor(a) fiscal, que la ciudadanía Santa Rosana y los denunciantes teníamos la razón y a través del estudio por parte del IGAC, territorial de Risaralda, hecha por la borda el mamarracho de trabajo efectuado por la mencionada gestora catastral, prácticamente reaciendo el trabajo por el cual el municipio de Santa Rosa de Cabal, pago la suma de $ 6.300.000.000.; con los concebidos perjuicios para los propietarios de inmuebles entre los años; situación que trajo consigo un sin número de consecuencias jurídicas y económicas hasta el punto de paralizarse en la ciudad el mercado inmobiliario, pues con avalúos catastrales que en algunos casos superaban hasta el 3000% en valor comercial, nadie se aventuraba a finiquitar un negocio de propiedad raíz».

¿Ante tantos procesos terminará Santa Rosa de Cabal sin alcalde y otro exalcalde preso?


Algunos apartes de la denuncia con la mencionada resolución del IGAC:
Paginas 5 y 6 :
“ III. De la solicitud de diagnóstico y las fuentes de información analizadas se evidencio: – Los informes y actas aportadas por Go Catastral y que fueron entregadas por la Sede Central del IGAC a la Dirección Territorial Risaralda, segundo semestre de 2024, presentaban inconsistencias y faltantes de información que imposibilitan su revisión y por ende su validación. – En la información de Go Catastral entregada por Sede Central a la Territorial de Risaralda, se presenta lo siguiente:
. No había correspondencia entre lo consignado en los informes de Go Catastral y la GDB de las zonas ZHF, en cuanto a las variables y la codificación empleada; es decir, en los informes se presentaban unas variables y codificación que no eran las mismas que se tenían en la GDB; en esta última se presentaban faltantes de información en cuanto a las variables y a su codificación lo que hace imposible validar alguna de las dos fuentes de información. (De los informes aportados por Go Catastral no se podía reconstruir las variables puesto que son imágenes adicionadas que no permiten su reconstrucción fiable, por ende, tampoco la reconstrucción de las ZHF).
. Dentro de los informes presentados por Go Catastral, no se encontró información relacionada a las variables de las ZHF Rurales, solo se registra información de este tema para la zona urbana y en las condiciones indicadas en el párrafo inmediatamente anterior.
. En los informes de Go Catastral se relaciona información mínima del mercado inmobiliario, y aún así, no se aportó información de los análisis estadísticos del mismo, esto no permite a la dirección territorial de Risaralda- IGAC, realizar ningún análisis técnico, ni mucho menos una verificación o revisión de la información presentada.
. En cuanto a las ZHG urbanas consignadas en el informe de Go Catastral y las GDB presentadas, se observan inconsistencias en cuanto a su forma, aunado a la imposibilidad de revisar valores, puesto que no se contaba con información de mercado inmobiliario, imposibilitando cualquier juicio de la idoneidad del estudio y cualquier acción para ajustarlo con la información existente.
. En cuanto a las ZHG rurales, en los informes de GoCatastral no se registra información de ellas y en las GDB presentadas se presenta valores que no se tiene información de su origen o de sus métodos de determinación.
En conclusión, la información que se tenía del municipio presentaba bastantes sesgos”.
Ahora transcribo apartes de la resolución en estudio contenidos en la página 25 del citado acto administrativo, asi:
“ Que teniendo en cuenta, que lo que pretende realizar el IGAC, con la expedición de la presente resolución, es corregir los errores presentados en el proceso de actualización catastral , respecto al componente económico de las ZHF y ZHG, tanto urbanas, como rurales y centros poblados del municipio de Santa Rosa de Cabal, realizado por el operador Go Catastral, conlleva a que su modificación se aplique para la liquidación de los avalúos con vigencia fiscal a partir del 01 de enero de 2025, en adelante. Y se implementaran retroactividad de la siguiente manera: para la zona urbana desde la vigencia 01-01-2022, para la zona suburbana desde la vigencia 01-01-2023 y para la zona rural y centros poblados desde la vigencia 01-01-2024”. Negrilla fuera del texto.
En mérito de lo expuesto,
ARTICULO SEGUNDO: De conformidad al acta No 01 firmada el 09 de diciembre de 2025, por el comité técnico de la dirección territorial de Risaralda- IGAC, que aprobó el estudio parcial para la homologación de las zonas homogéneas físicas y zonas homogéneas geoeconómicas de la zona rural, urbana y centros poblados del municipio de Santa Rosa de Cabal, Departamento de Risaralda; comité del que hace parte el Director Territorial Risaralda, de conformidad con lo expuesto se genera la nueva liquidación de los avalúos catastrales para los predios inventariados acorde con los cambios realizados; así como los ajustes de los documentos gráficos y digitales”
Leyendo detenidamente algunos apartes de la resolución en estudio, nos damos cuenta que con esta decisión del IGAC, se incrementa el problema tanto para los propietarios de inmuebles como para el mismo municipio, pues la mencionada resolución establece unas retroactividades de acuerdo a los inmuebles localizados en la zona urbana, suburbana, centros poblados y rurales; lo que lleva consigo igualmente establecer nuevos avalúos catastrales para cada predio y con fundamento en esos avalúos establecer el valor del impuesto a pagar por cada inmueble; que pasará entonces con las personas que pagaron un mayor valor y mientras tanto el municipio hasta donde yo conozco no ha movido una paja tendiente a solucionar el problema creado, por la irresponsabilidad y el ánimo echarse al bolsillo de unos cuantos el mayor valor pagado por un semejante exabrupto.


