A partir del próximo 16 de julio, se implementará la Ley 2101 de 2021 en Colombia, la cual establece una reducción progresiva de la jornada laboral máxima sin disminuir los salarios ni perjudicar los derechos adquiridos de los trabajadores. En consecuencia, se permitirá trabajar hasta un máximo de 47 horas semanales.
Esta ley modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, reduciendo la jornada ordinaria de trabajo de 48 a 42 horas semanales. El cambio se realizará de forma gradual: a partir del 16 de julio de 2023, la jornada será de 47 horas; a partir del 16 de julio de 2024, se reducirá a 46 horas; el 16 de julio de 2025, se establecerá en 44 horas; y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, se fijará en 42 horas semanales como máximo.
La Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, enfatizó que «esta reducción de la jornada no afecta negativamente a los empleadores que deseen acogerse anticipadamente a la propuesta establecida en la ley, y es importante recordar que no implica una disminución salarial».
Es importante destacar que la Ley 2101 de 2021 se aplica a los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a aquellos que tienen contratos laborales con empresas privadas. No se extiende a los empleados públicos, excepto aquellos que trabajen en empresas estatales y cuyas relaciones laborales estén regidas por el Código Sustantivo del Trabajo.
El Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma, explicó que «esta ley tampoco afecta ni modifica las jornadas laborales de aquellos trabajadores con horarios especiales, como los menores de edad que tienen un contrato laboral y permiso del Ministerio de Trabajo».
Esta ley permitirá que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, otorgando más tiempo libre a los trabajadores y mejorando la productividad en las empresas.
La reducción de la jornada máxima laboral implica un aumento en el valor de la hora diaria de trabajo, ya que, a pesar de trabajar menos tiempo, los trabajadores seguirán recibiendo la misma remuneración.
Los empleadores deben calcular el nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad.
El Viceministro Palma Egea reiteró que «cualquier duda al respecto puede ser atendida a través de las inspecciones laborales disponibles en todo el territorio nacional».
DATO:
La reducción de la jornada laboral y su implementación continuarán siendo consideradas en la iniciativa de reforma laboral, que se presentará nuevamente al Congreso de la República. Es fundamental que los salarios de los trabajadores se mantengan a pesar de la reducción de la jornada laboral en Colombia.