Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario al sacerdote Andrés Felipe Restrepo Obando, tras acoger la solicitud de la Fiscalía General de la Nación en el marco de un proceso penal por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años agravado. La decisión judicial se conoció luego de las audiencias preliminares en las que el ente de control presentó los elementos materiales probatorios recopilados durante la fase de investigación previa.
Los hechos que motivaron la judicialización de Restrepo Obando ocurrieron en noviembre de 2025 en el municipio de Guadalajara de Buga, ubicado en el departamento del Valle del Cauca. Según la hipótesis presentada por la Fiscalía, el procesado presuntamente se valió de su condición de líder religioso y guía espiritual en la parroquia donde ejercía funciones pastorales para acercarse a la víctima, una niña de 13 años de edad.
El modus operandi y la utilización de espacios parroquiales
De acuerdo con los expedientes e informes presentados por los investigadores del caso, el implicado habría aprovechado su posición de autoridad y la coordinación de grupos juveniles y actividades pastorales para ganarse la confianza de la menor y de su entorno. La Fiscalía argumentó que la participación de la adolescente en las actividades de la comunidad parroquial facilitó que el religioso estableciera un vínculo de cercanía.
Las pesquisas de las autoridades señalan que, mediante esta dinámica de confianza y ascendencia moral, Restrepo Obando presuntamente condujo a la menor a una habitación de la casa cural, espacio donde se habrían ejecutado los actos de contenido sexual objeto de la investigación penal. Las pruebas técnicas y los testimonios recopilados por el ente acusador permitieron sustentar ante el estrado la presunta responsabilidad del clérigo en la comisión de estas conductas ilícitas de manera agravada.
Desarrollo de las audiencias y situación jurídica
Durante el desarrollo de las diligencias judiciales ante el juez de control de garantías, la Fiscalía imputó formalmente el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años agravado. Al ser interrogado sobre si aceptaba la responsabilidad de los cargos imputados por el ente de control, el procesado no aceptó la imputación, declarándose inocente de las acusaciones formuladas en su contra.
No obstante la no aceptación de cargos por parte del implicado, el juez evaluó los argumentos expuestos por la representación de la Fiscalía y la defensa, determinando que la medida de aseguramiento preventiva en centro carcelario resulta idónea, necesaria y proporcional para garantizar la comparecencia del investigado al proceso, proteger a la víctima y evitar posibles interferencias en el recaudo probatorio.
Mientras el proceso penal avanza hacia la fase de acusación formal y juicio oral, las autoridades judiciales reiteraron que la ciudadanía cuenta con canales oficiales para denunciar cualquier hecho que atente contra la libertad, integridad y formación sexuales de niños, niñas y adolescentes. Para ello se mantienen habilitadas la línea de atención de la Fiscalía General de la Nación, 122, y la línea de protección al menor del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), 141.


