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Sobre el fallo del Consejo de Estado que suspende la Contralora de Pereira, los alcances van más allá de la suspendida funcionaria, 13 concejales votaron contra la CP, contra la resolución de la Contraloría y la del mismo concejo municipal (su propia norma) y lo dice el consejo de Estado, y el respetable excontralor Oscar Javier Vasco Gil también tiene su parte en este embrollo, manifestó que no le interesaba el cargo pero no retira su hoja de vida, pero el Consejo de Estado dice que al manifestar no estar interesado en ser elegido estaba haciendo una renuncia expresa y debían llamar al cuarto en disputa para recomponer la terna, los concejales no lo hicieron, había prisa por votar y ahora deberán enfrentar la justicia.

Los sólidos argumentos de los magistrados

58. En efecto, el escrito de Oscar Javier Vasco Gil, al tenor literal de las palabras ahí consignadas – “no me asiste interés alguno en desempeñar el cargo de Contralor Municipal de Pereira”, se entiende como una manifestación precisa y exacta de su voluntad, tendiente a retirarse de la convocatoria para la elección del Contralor Municipal de Pereira y, en consecuencia, de abandonar la terna para la cual fue seleccionado para proceder a la designación de dicho cargo público.

60. Ahora bien, aunque Oscar Javier Vasco Gil también señaló con ambigüedad en la misiva que: “Lo anterior, aclaro puntualmente y hago constar, no implica el retiro de mi hoja de vida de la terna en la cual me ubico en primer lugar, a efectos de no generar dilaciones en el proceso y terminar propiciando una tercera recomposición de la terna en escalera” , lo cierto es que las siguientes fases de la convocatoria se realizaron sin aquel, es decir, que dicha manifestación, pese a las discusiones previas de los concejales, no se tuvo en cuenta al momento de la entrevista y la elección.

Una decisión contundente


7. La Sala procederá a suspender los efectos del Acta N. o 013 del 3 de marzo de 202228, en lo que tiene que ver con la designación de la demandada como Contralora Municipal del Municipio de Pereira (período 2022-2025), toda vez que, el material probatorio allegado al expediente, evidencia que su elección vulneró los artículos 272 de la Constitución y 10 y 12 de la Resolución 0728 de 2019 de la Contraloría General de la República y 18 y 19 de la N.o 306 de 2021 del Concejo Municipal de Pereira.

Y un fallo en plenitud

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