El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ha emitido una advertencia urgente a nivel nacional orientada a proteger la salud pública de los ciudadanos colombianos. Mediante una notificación pública, la autoridad sanitaria solicitó la suspensión inmediata de la venta, distribución y el consumo de una marca específica de agua embotellada que se está comercializando de manera ilegal en diferentes regiones del país. La medida se tomó tras un proceso de verificación en el que se demostró de forma contundente que el producto utiliza documentación falsificada para evadir los controles legales obligatorios vigentes en el territorio nacional.

La disposición quedó formalmente asentada en la Alerta Sanitaria No. 195-2026, la cual fue expedida directamente por la Dirección de Alimentos y Bebidas de la entidad. De acuerdo con el reporte oficial emitido desde la sede principal en Bogotá, la investigación formal se inició como consecuencia directa de una denuncia ciudadana. Este reporte anónimo o particular llevó a los peritos de la institución a revisar detalladamente el empaque del producto cuestionado, descubriendo una serie de anomalías graves que configuran una violación directa a las leyes sanitarias que rigen la fabricación y el expendio de productos diseñados para la ingesta humana.

Irregularidades técnicas y falsificación de credenciales sanitarias

El producto afectado por esta orden de restricción obligatoria se promociona comercialmente bajo la denominación de «Agua Pura Natural» y pertenece a la marca conocida como Refresk. El hallazgo principal que motivó la intervención del organismo estatal radica en el empaque de la bebida. En las etiquetas impresas de estas botellas se exhibe de manera visible el supuesto registro sanitario número R. SAT. 1912301. No obstante, tras cruzar los datos informáticos en las bases de datos del instituto, se comprobó que este código numérico de identificación no existe y que jamás ha sido otorgado por las autoridades correspondientes.

Debido a la ausencia de una autorización legítima que certifique la inocuidad del líquido, el Invima ha catalogado oficialmente este producto bajo la condición jurídica de fraudulento. Según los parámetros normativos de la legislación colombiana, cualquier tipo de bebida o alimento que requiera por ley una validación sanitaria y se ofrezca al público general sin poseerla de forma lícita, recibe de inmediato esta calificación debido al riesgo potencial que representa. Sumado a la falsificación de la licencia, los técnicos evidenciaron múltiples incumplimientos técnicos referidos a la denominación del producto en su rotulado final. Estas fallas específicas vulneran las normativas que regulan estrictamente los procesos de obtención, tratamiento técnico, envasado higiénico y venta de agua potable tratada destinada al uso y consumo de las personas.

Directrices obligatorias para la ciudadanía y los comercios

Frente a este escenario de ilegalidad, la dirección del instituto trazó un plan de contingencia con instrucciones detalladas dirigidas a diversos actores de la sociedad. En primer lugar, se exhortó de manera enfática a toda la comunidad en general a abstenerse por completo de adquirir esta marca de agua en cualquier tipo de establecimiento. Para aquellos ciudadanos que ya cuenten con botellas de este lote o marca en sus hogares, la recomendación explícita es suspender su consumo de inmediato y radicar la debida notificación ante las oficinas gubernamentales pertinentes.

La entidad recordó a los consumidores la importancia de adoptar una postura preventiva y utilizar las herramientas virtuales disponibles de manera permanente. Recomendaron revisar con frecuencia la aplicación web institucional dedicada a las alertas tempranas de alimentos y bebidas, así como seguir de cerca las actualizaciones publicadas en las plataformas digitales y redes sociales oficiales bajo el usuario @invimacolombia en entornos como X, Instagram y Facebook. Asimismo, recordaron que el sistema de consulta pública de registros sanitarios en la página web oficial permanece activo para que cualquier comprador valide el estado de un producto antes de proceder con una transacción comercial.

De manera simultánea, se emitieron órdenes estrictas dirigidas a las diversas secretarías de salud a nivel departamental, distrital y municipal en toda Colombia. Estas entidades de carácter local tienen ahora la obligación legal de desplegar operativos de búsqueda activa para rastrear la presencia de la bebida fraudulenta en sus respectivas jurisdicciones. Los funcionarios regionales deberán adelantar tareas rigurosas de inspección, vigilancia y control en las tiendas, supermercados y bodegas comerciales que potencialmente puedan estar distribuyendo el artículo, aplicando las medidas cautelares y los decomisos que estimen pertinentes según el caso.

Responsabilidades legales y mecanismos de denuncia formal

El Invima fue tajante al señalar que los establecimientos comerciales dedicados a la distribución y venta de víveres tienen prohibido comercializar este producto fraudulento en todo el territorio nacional. En caso de que los inspectores evidencien la persistencia de la marca Refresk en los mostradores, los propietarios de los negocios se exponen a severas acciones administrativas sancionatorias, las cuales contemplan desde el cierre inmediato del establecimiento hasta la imposición de multas económicas considerables.

La institución recordó que el cumplimiento estricto de las directrices sanitarias es una responsabilidad compartida. Esta obligación no solo recae sobre los titulares nominales de los registros o permisos de alimentos, sino que se extiende legalmente a los fabricantes, los encargados de la comercialización en puntos de venta y los importadores de insumos, según lo estipulado formalmente en el artículo 47 de la Resolución 2674 de 2013.

Finalmente, el organismo del Estado extendió un llamado de cooperación a otras autoridades competentes que combaten las economías ilegales para que ejecuten operativos de vigilancia adicionales en puntos de venta informales o zonas que escapan del radar tradicional de control territorial de las agencias de salud de los municipios. El expediente completo del caso quedó registrado formalmente bajo la codificación de referencia AA260611. Para canalizar de forma organizada el flujo de información ciudadana o reportar de manera oportuna bodegas con existencias de este producto nocivo, se habilitó en la capital del país la línea telefónica (+57) (601) 2425000 extensión 4500, complementada con la dirección electrónica institucional alertas_alimentos@invima.gov.co.

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