El debate público e institutional en torno a la responsabilidad legal y ética en el ejercicio del periodismo frente a denuncias de violencia de género sumó un nuevo capítulo en Colombia. Luego de la divulgación de audios grabados durante una conversación privada entre el periodista y productor Rafael Poveda y las comunicadoras Juanita Gómez, Laura Palomino y Mónica Rodríguez, el colectivo Yo te creo colega emitió un pronunciamiento oficial para precisar los términos en que se ha gestionado el proceso informativo sobre las acusaciones que pesan en contra del directivo.

La controversia escaló a la luz pública tras la difusión de dos testimonios a través del medio digital Brava News, en los cuales se señalan presuntos actos de acoso y abuso sexual atribuidos a Poveda, conocido por su trayectoria en producciones de investigación periodística como Testigo Directo y el espacio de entrevistas Más Allá del Silencio. Ante estas revelaciones, una de las afectadas presentó formalmente una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, mientras que la abogada y activista Sofía Vela Mejía hizo público su relato relativo a hechos supuestamente ocurridos a sus 29 años, tras finalizar una capacitación dictada por la productora del comunicador. Un segundo testimonio pertenece a una periodista cuya identidad se mantiene bajo estricta reserva.

En su comunicación inicial, expedida el 31 de julio de 2026, Poveda manifestó su intención de comparecer ante las autoridades judiciales correspondientes en compañía de su equipo de asesoría jurídica. El productor enfatizó la necesidad de resguardar el debido proceso y la presunción de inocencia, manifestando que respetará las vías institucionales y no entrará a controvertir públicamente los relatos de las denunciantes. Sin embargo, en los audios compartidos posteriormente en sus canales personales, el comunicador cuestionó de manera categórica la metodología empleada por el equipo periodístico, argumentando que no se le permitió ofrecer su versión de los hechos antes de que las acusaciones fueran publicadas.

El debate procedimental y las garantías del derecho a la réplica

Frente a los cuestionamientos formulados por Poveda sobre la inmediatez de las publicaciones y el balance informativo, la plataforma Yo te creo colega —organización fundada por Catalina Botero, Paula Bolívar, Laura Palomino y Mónica Rodríguez, gestoras de la iniciativa Me too Colombia— respondió detalladamente las fechas y canales mediante los cuales se ofreció el derecho a la réplica.

De acuerdo con el comunicado del colectivo, el contacto formal con el periodista se estableció desde el lunes 27 de julio a las 6:14 a. m., empleando vías digitales y de mensajería instantánea. Posteriormente, a las 2:02 p. m. de esa misma jornada, se le transmitió a Poveda un documento sintético con el resumen de los testimonios recopilados y un cuestionario estructurado orientado a registrar su postura oficial. Según el colectivo, hasta la fecha de la emisión de su pronunciamiento, las inquietudes formuladas no han recibido contestación formal por parte del señalado.

Durante las llamadas que se hicieron públicas, Poveda argumentó que para brindar una declaración sustentada requería conocer en detalle la identidad completa de quienes formulaban los señalamientos, sosteniendo que «ninguna denuncia unilateral puede considerarse una noticia madura» y advirtiendo sobre las eventuales consecuencias legales, tales como demandas por difamación, injuria y calumnia, en caso de omitirse la postura del imputado previamente a la divulgación.

Por su parte, el equipo periodístico recalcó que la protección de los datos personales y el resguardo de la identidad responden al cumplimiento estricto del marco normativo nacional aplicable a la violencia basada en género en entornos de trabajo.

Marco normativo y protección de la confidencialidad

La posición asumida por el colectivo se apoya en un conjunto de disposiciones normativas vigentes en la legislación colombiana orientadas a la salvaguarda de las víctimas. Entre los fundamentos jurídicos citados se destaca la Ley 2365 de 2008, complementada por la Ley 2528 de 2025, la cual ratifica e incorpora al ordenamiento nacional los postulados del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la erradicación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Asimismo, se mencionan los lineamientos procedimentales de la Resolución 3461 de 2025 expedida por el Ministerio del Trabajo.

El colectivo remarcó además el alcance de la Ley 1257 de 2008, instrumento que faculta a las mujeres que denuncian situaciones de violencia a no ser sometidas a escenarios de confrontación directa con sus presuntos agresores, ya sea en estrados judiciales o en espacios de índole mediática. El pronunciamiento enfatiza que la labor desarrollada no persigue protagonismos ni confrontaciones personales, sino dar visibilidad a denuncias en el ámbito de los medios de comunicación bajo criterios de responsabilidad y rigor procedimental.

La situación continúa abierta en el plano legal, a la espera de las actuaciones que determine la Fiscalía General de la Nación y de las eventuales respuestas formales que la defensa de Rafael Poveda presente ante los estrados competentes.

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