Por cobrarle de manera indebida 70 euros a una ciudadana colombiana durante una diligencia notarial, en fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación inhabilitó por cinco años al cónsul honorario de Colombia en Florencia, Italia, Gianni Lusena, y le impuso una multa de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes para 2021.
El Ministerio Público comprobó que el 14 de junio de 2021 el sancionado, un particular en ejercicio de funciones públicas, contactó, orientó y coordinó un trámite de autenticación de firma de una connacional ante las autoridades italianas y, al finalizar la gestión, le solicitó y recibió una suma de dinero pese a no estar facultado para cobrar por ese tipo de asistencia, ni para recibir remuneración por sus servicios.
A juicio de la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4, Gianni Lusena aprovechó su condición de cónsul para presentar como institucional una gestión que debía ser gratuita, desconociendo el carácter honorario de la función consular y quebrantando el principio de moralidad administrativa.
La conducta del disciplinado se calificó como falta gravísima cometida a título de dolo. Los sujetos procesales podrán presentar recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría.

