La Corte Constitucional ha declarado inexequible la Ley 2281 de 2023, que establecía la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad. La razón detrás de esta determinación judicial se fundamenta en vicios de trámite, particularmente en la falta de un análisis adecuado del impacto fiscal de la mencionada ley.

La ausencia de un análisis de impacto fiscal durante los debates legislativos, un requisito esencial según la Constitución y las leyes vigentes sobre presupuesto, ha sido el principal motivo que ha llevado a la Corte a tomar esta decisión. Según el alto tribunal, esta omisión vulneró el artículo 151 de la Constitución, que establece los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias.

Es importante destacar que, a pesar de esta determinación, el Ministerio de Igualdad y Equidad, bajo la dirección de la vicepresidenta Francia Márquez, no desaparecerá de forma inmediata. La Corte ha otorgado un plazo al Gobierno Nacional y al Congreso para corregir los vicios de trámite detectados. Este plazo abarca las dos próximas legislaturas, hasta el final del año 2026, momento en el cual la Ley 2281 de 2023 perderá su efecto.

La decisión de la Corte de diferir los efectos de la sentencia se basa en la preocupación por los posibles efectos negativos que una eliminación inmediata del Ministerio de Igualdad podría tener en la implementación de políticas públicas diseñadas para garantizar los derechos de grupos vulnerables, como madres cabeza de familia y personas en situación de discapacidad. Esto se alinea con el principio de igualdad consagrado en la Constitución.

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