El Gobierno Nacional, encabeza del presidente Abelardo De La Espriella, dio a conocer el texto preliminar de un proyecto normativo diseñado para regular el desarrollo de la protesta social e imponer nuevos marcos de actuación a las autoridades públicas en todo el territorio colombiano. La propuesta regulatoria busca establecer un marco estricto en la organización de las movilizaciones y definir de manera explícita el rol que asumirán las instituciones encargadas del orden público durante el ejercicio del derecho a la reunión ciudadana.

Dentro de los puntos centrales del documento resalta la delimitación de perímetros preventivos de seguridad y la asignación de responsabilidades directas a las administraciones locales y a la Fuerza Pública. El borrador normativo entra en etapa de revisión pública antes de su eventual firma e implementación formal.

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Distancia operativa mínima de cuatro metros para los efectivos de la Policía

Uno de los componentes operacionales más específicos contenidos en la propuesta reglamentaria hace referencia a la distancia física que deberán conservar las unidades policiales frente a los contingentes de manifestantes. De acuerdo con el texto preparado por la administración de Abelardo De La Espriella, los efectivos de la Policía Nacional deberán permanecer a una distancia no menor a cuatro metros de las aglomeraciones mientras estas mantengan un carácter pacífico.

Esta medida busca evitar confrontaciones directas en el desarrollo inicial de las marchas y estandarizar la presencia de la fuerza pública durante las jornadas de movilización. Sin embargo, el texto aclara que esta restricción de distancia no impedirá la intervención inmediata de los uniformados en casos donde se registren alteratorios graves al orden público, agresiones físicas contra terceros o destrucción del patrimonio público o privado.

El documento normativo detalla que las fuerzas de seguridad deberán implementar controles visuales y logísticos desde una zona perimetral, permitiendo el flujo de la marcha dentro de los parámetros estipulados por la ley. La Fuerza Pública solo podrá reducir la distancia de seguridad previamente establecida cuando los canales de mediación institucional hayan sido agotados o cuando se requiera el uso de la fuerza legítima para controlar actos violentos debidamente constatados por el mando operativo.

Garantías de movilidad y nuevas facultades institucionales

Además de regular la distancia entre la ciudadanía y los uniformados, el proyecto de decreto aborda la protección de los derechos de la población no participante en las marchas. El borrador faculta a las autoridades locales y departamentales para implementar medidas cautelares con el propósito de garantizar el libre tránsito de vehículos de emergencia, el transporte masivo y la actividad comercial en los cascos urbanos.

El texto precisa que las manifestaciones no podrán bloquear de forma indefinida ni total las vías arterias que comprometan la conectividad de las ciudades o el abastecimiento de bienes de primera necesidad. En este sentido, los alcaldes y gobernadores tendrán la responsabilidad de coordinar con los organizadores rutas alternativas que permitan el ejercicio del derecho a la protesta sin que esto derive en la paralización de las dinámicas económicas y sociales cotidianas.

Paralelamente, el borrador otorga nuevas competencias de supervisión a las autoridades gubernamentales. Se contempla la creación de mesas de seguimiento en tiempo real coordinadas por las administraciones locales, las cuales tendrán la capacidad de evaluar las condiciones de seguridad y ordenar la disolución de los actos cuando se detecten riesgos inminentes contra la integridad de los ciudadanos. La norma propuesta busca balancear el cumplimiento del mandato constitucional con la preservación del orden público en las principales zonas urbanas.

Trámite de revisión y observaciones al proyecto normativo

El borrador publicado por la Casa de Nariño forma parte de una iniciativa de socialización en la que diversos sectores de la sociedad civil, organizaciones defensoras de derechos humanos y entes de control podrán formular comentarios y sugerencias relativas al articulado presentado. El objetivo institucional de la administración encabezada por Abelardo De La Espriella es consolidar un instrumento legal definitivo que reglamente de manera clara el ejercicio de la protesta social en Colombia.

El documento permanecerá en la plataforma oficial de la Presidencia de la República para consulta pública durante el periodo establecido por los reglamentos del trámite legislativo y ejecutivo. Posteriormente, la secretaría jurídica evaluará los aportes recibidos para determinar las modificaciones que deban incorporarse antes de proceder con la promulgación oficial de la norma definitiva por parte del Presidente de la República.

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