La investigación por la muerte y posterior desaparición de Yulixa Toloza, la mujer que perdió la vida tras someterse a un procedimiento quirúrgico estético clandestino en Bogotá el pasado 13 de mayo de 2026, ha alcanzado un punto crítico en los tribunales de ambos lados de la frontera. En una extensa audiencia judicial de control de garantías que culminó en la madrugada del viernes 22 de mayo, un juez de la república en Cúcuta ordenó la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra dos hombres señalados de intentar desviar la acción de la justicia mediante la alteración y ocultamiento de material probatorio fundamental.

Por otra parte, la respuesta judicial en Venezuela ha despertado interrogantes debido a la notable diferencia en la gravedad de los cargos imputados a los principales directores del centro estético ilegal. Mientras el aparato judicial colombiano procesa con rigurosidad el favorecimiento y la destrucción de evidencias, las autoridades del país vecino avanzan bajo calificaciones jurídicas visiblemente menores contra los presuntos responsables materiales de la operación médica clandestina.

Las evidencias biológicas halladas en el vehículo blindado

La Fiscalía General de la Nación y las unidades especiales de la Sijín de la Policía Metropolitana de Bogotá concentraron sus esfuerzos investigativos en el rastreo de un vehículo Chevrolet Sonic de placas UCQ-340, automotor que es considerado una pieza clave e indispensable para esclarecer las últimas horas de la víctima. De acuerdo con los reportes oficiales presentados ante el estrado judicial, los análisis forenses practicados al interior del automóvil revelaron una cantidad significativa de indicios biológicos, entre los que se destacan células epiteliales, fragmentos de cabello, una huella dactilar y rastros hemáticos. Asimismo, los investigadores criminales lograron la incautación de elementos tecnológicos de comunicación, incluyendo una tarjeta SIM y un enrutador de transmisión de señal de internet, que servían presuntamente para coordinar los desplazamientos sin dejar coordenadas de rastreo digital ordinario.

Los hoy asegurados en el territorio nacional fueron identificados como Jesús Alberto Hernández Morales y Kelvis Daniel Sequeira Delgado. Según el expediente, ambos sujetos fueron contactados directamente desde territorio venezolano por María Fernanda Delgado, una de las copropietarias del establecimiento ilegal donde se le practicó la cirugía a Toloza. La documentación de la Fiscalía expone que Delgado les ofreció una suma de 800.000 pesos colombianos con el objetivo explícito de que recuperaran el coche en Bogotá, lo trasladaran hacia zonas periféricas e intentaran venderlo en el mercado informal para borrar de manera definitiva los nexos con el crimen.

La captura de los implicados se efectuó el pasado 19 de mayo en la ciudad fronteriza de Cúcuta. La policía interceptó a los dos individuos en horas de la madrugada, justo en el momento exacto en el que pretendían movilizar el vehículo hacia un destino desconocido. Durante el desarrollo de las audiencias concentradas, la fiscal delegada imputó formalmente los cargos de favorecimiento agravado en concurso heterogéneo con ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. Los procesados, asistidos por su defensa legal, mantuvieron una postura de no aceptación de cargos, declarándose inocentes ante los requerimientos de la justicia.

Argumentos de la defensa y la determinación del juzgado

Durante el debate jurídico, el abogado defensor de los dos procesados argumentó vehementemente que sus cobijados habían sido «asaltados en su buena fe». Según la tesis defensiva, los hombres desconocían por completo que el automotor estuviese involucrado en actividades delictivas de carácter penal, manifestando que simplemente actuaban bajo un favor familiar encomendado por María Fernanda Delgado. El defensor enfatizó que sus clientes sufrieron un engaño directo, sustentando dicha afirmación en una serie de conversaciones telefónicas y mensajes de texto donde no se especificaba la procedencia ni la vinculación del vehículo con un presunto homicidio o feminicidio.

A pesar de las justificaciones esgrimidas por la defensa, el juez de control de garantías desestimó la supuesta ignorancia de los hechos. El operador judicial respaldó plenamente la solicitud de la Fiscalía General de la Nación y el abogado que representa los intereses de las víctimas directas, argumentando que los detenidos poseían pleno conocimiento de la ilicitud del encargo y del estatus de prófuga que ostenta la mujer que los contrató.

El juzgador recalcó que el comportamiento desplegado por Hernández Morales y Sequeira Delgado demostraba una intención clara de sustraer pruebas del radar de la policía técnica judicial. Asimismo, la judicatura tuvo en cuenta la advertencia planteada por los acusadores respecto al evidente riesgo de fuga. Debido a que la legislación de la República Bolivariana de Venezuela prohíbe taxativamente la extradición de sus nacionales hacia otros Estados, existía una probabilidad sumamente alta de que los imputados intentaran cruzar la frontera para evadir las severas sanciones contempladas por el código penal de Colombia. Ante este panorama de obstrucción de la justicia, el magistrado consideró que la medida en centro penitenciario era la única idónea para salvaguardar el proceso.

La situación jurídica de los directores en el vecino país

En paralelo al avance del proceso penal en las ciudades de Bogotá y Cúcuta, la opinión pública y los familiares de la víctima observan con preocupación el desarrollo legal en el territorio venezolano. María Fernanda Delgado y Edinson José Torres, identificados plenamente como los directores y propietarios del centro de medicina estética donde se originaron los hechos fatales, permanecen arrestados por la policía del vecino país.

No obstante, las actas procesales conocidas recientemente indican que el Ministerio Público de Venezuela ha decidido imputarles únicamente un solo delito menor, cuya gravedad penal y expectativa de sanción es considerablemente inferior en comparación con las conductas delictivas que se castigan ordinariamente en el régimen penitenciario de Colombia por la pérdida de la vida de una persona en un contexto de clandestinidad quirúrgica. Este distanciamiento de criterios de imputación plantea serias dificultades para lograr una armonización de justicia penal transfronteriza en un caso que ha conmocionado a la sociedad civil de ambas naciones. La validez formal y definitiva de la captura efectuada en suelo colombiano será revisada en segunda instancia por un juez penal de circuito, quien determinará el curso legal del proceso en los próximos meses.

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