La Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela presentada por la defensa de Sandra Liliana Ortiz Nova, quien solicitaba su libertad por vencimiento de términos dentro del proceso que se le adelanta por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

La decisión fue adoptada por la Sala de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal, con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano. El alto tribunal concluyó que no se evidenció vulneración a los derechos fundamentales al debido proceso, la defensa o la libertad personal, y que las actuaciones judiciales cuestionadas contaron con sustento normativo.

Ortiz, exsenadora y exconsejera presidencial para las regiones, permanece privada de la libertad desde el 18 de diciembre de 2024, investigada por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias en servidor público. Su defensa había acudido a la tutela luego de que el Juzgado 79 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá negara la solicitud de libertad por vencimiento de términos.

No obstante, la Corte señaló que la exfuncionaria contaba con el recurso de apelación para controvertir esa decisión, pero desistió voluntariamente de este mecanismo, lo que impide habilitar la tutela como vía subsidiaria. Asimismo, precisó que el hábeas corpus no puede sustituir los recursos ordinarios del proceso penal mientras estos se encuentren en trámite.

En consecuencia, la acción fue declarada improcedente y Ortiz continuará detenida mientras avanza el proceso judicial en su contra por su presunta participación en el entramado de corrupción de la UNGRD.

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