Credit: Fotomontaje El Expreso

Celso Omar Parra Sierra como secretario de educación deberá responder por el contrato 1487 del 20 de septiembre de 2020 por $449.268.936, con Imprenta Departamental Soluciones Integrales y de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones – IMPRETICS E.I.C.E (una empresa de la Gobernación del Valle), para el servicio de internet para las Instituciones Educativas del Municipio de Dosquebradas, en tiempos de pandemia. Lo denunciamos y la Contraloría General de la República nos dio la razón, halló en su inspección delicadas inconsistencias que dejan mal parado al secretario, poco alcance de la señal, equipos instalados sin funcionar, las especificaciones de las antenas no concuerdan con las ofrecidas, hoy 25 de octubre de 2021 no hay pruebas de que el contratista cumplió con los radios de cobertura mínimos y en algunos casos no se cumplió con el ancho de banda establecido, también incumplimiento de los planes móviles, se firmó en septiembre y solo el 4 de noviembre entregan contraseñas. No cumplieron y encima, Celso Omar Parra no aplicó multa ni defendió los intereses del municipio y de sus estudiantes.

¿Alcalde Diego Ramos, siguen los contratos dudosos, con funcionarios negligentes, con contratistas dudosos y encima los pagan como si nada, lo denunciamos y la Contraloría General de la República nos da la razón y la Procuraduría igual, hasta cuando siguen descuidando la platica del municipio y usted sosteniendo a este tipo de funcionarios?

Se comprometieron a instalar equipos y entregar contraseñas para servicio en 8 días y no lo hicieron

«…compromisos pactados en los estudios previos y propuesta técnica como la instalación y/o disponibilidad de las zonas WiFi y los planes móviles en un plazo máximo de ocho (8) días calendario a partir del acta de inicio (de fecha 28/09/2020). Adicionalmente, según oficio del supervisor, el 4 de noviembre se recibe correo con los usuarios y contraseñas de 11 instituciones educativas»CGR

Mostraron fotos de equipos que no funcionaban

«A pesar de que existen evidencias fotográficas de la creación del portal cautivo, no hay evidencia de su funcionamiento para la filtración de contenidos. Tampoco hay evidencia de que el contratista haya habilitado el servicio de mesa de ayuda, soporte técnico on-line y presencial durante el tiempo de ejecución del contrato y no existen soportes de que el contratista hubiese habilitado una plataforma de gestión de red inalámbrica» CGR

No cumplieron los dos meses comprometidos en 2021

«…el contratista adicionalmente garantizaría la cobertura hasta los dos primeros meses del año 2021 sin costo como valor agregado a su propuesta, sin embargo, lo manifestado por los rectores con respecto al funcionamiento de las tarjetas SIM evidencia que solo hasta el mes de diciembre se prestó el servicio de internet móvil» CGR

Instalaron antenas de menor calidad diferentes a las contratas

«En la propuesta técnica mixta el contratista se comprometió a instalar en cada zona un AP UNIFI UAP AC MESH PRO (UAP-AC-M PRO) sin embargo instaló antenas de otra referencia tal como lo evidencia la supervisión en visitas técnicas y oficios dirigidos al contratista. CGR 

No hay evidencias de los informes mensuales 

«No hay evidencia de que el contratista hubiese presentado informes mensuales, informes periódicos ni adicionales requeridos por la supervisión del contrato a pesar de que este los requirió, tampoco presentó constancias de socialización firmadas por los rectores o docentes delegados. CGR

No entregaron las tarjetas SIM comprometidas

«Se encontró además que de las 1.400 tarjetas SIM adquiridas para ofrecer planes de datos móviles para aquellos estudiantes que estuvieran ubicados en la zona rural, solo fueron entregadas 1.344 tarjetas a las instituciones educativas. CGR

De 1.400 tarjetas SIM, solo entregaron1.344

Señal WI-FI deficiente en las instituciones educativas

Aunque Celso Omar debía multar al contratista por incumplir… no lo hizo

Lo dice muy claro la Ley, En su Artículo 26 establece en virtud del Principio de Responsabilidad, lo siguiente: “1º) Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato. (…) 8º) Los contratistas responderán y la entidad velará por la buena calidad del objeto contratado. (…)”, lo más ridículo es que solo en 2021 tratan de hacer requerimientos, cuando el contrato terminó en diciembre de 2020.

Informe de la Contraloría General de la República

INFORME Cgr Internet by El Expreso Periódico

El contrato

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Investigación de la Procuraduría

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