El panorama judicial del emblemático exarquero de la Selección Colombia, René Higuita, ha dado un giro definitivo tras conocerse un fallo de la justicia especializada colombiana. El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Medellín decretó formalmente la extinción del derecho de dominio sobre una lujoso inmueble ubicado en el exclusivo sector de El Poblado, en la capital del departamento de Antioquia. La propiedad, que figuraba a nombre del exdeportista y de uno de sus familiares más cercanos, fue vinculada directamente con una red de testaferrato al servicio del extinto Cartel de Medellín.
La determinación judicial se fundamentó en el robusto material probatorio recopilado y presentado por la Fiscalía General de la Nación. Tras un riguroso análisis de la evolución financiera y registral del bien, el despacho judicial concluyó que la propiedad fue adquirida originalmente empleando recursos económicos provenientes de las actividades ilícitas del tráfico transnacional de estupefacientes. Según los reportes judiciales, el predio fue sometido a una compleja cadena de traspasos legales y modificaciones comerciales con el propósito explícito de camuflar su procedencia mafiosa e impedir el rastreo de las autoridades estatales.
La ruta del testaferrato y las anomalías en escrituras
La investigación penal liderada por el ente acusador logró reconstruir detalladamente el historial de transacciones de la propiedad antes de que esta llegara a manos del legendario guardameta. De acuerdo con las evidencias expuestas en los tribunales, el inmueble fue comprado inicialmente por Gustavo Cuartas Rendón. La Fiscalía General de la Nación logró demostrar que Cuartas Rendón operaba activamente como testaferro de la organización delincuencial liderada en aquel momento por Pablo Escobar Gaviria.
Para desenmarañar el esquema de ocultamiento, las autoridades judiciales se apoyaron en testimonios clave, análisis contables exhaustivos, recolección de documentos históricos y sofisticados dictámenes periciales. Una de las piezas procesales determinantes para que el juez de extinción de dominio tomara la decisión definitiva fue un exhaustivo estudio grafológico solicitado por los investigadores de la Fiscalía. Dicho peritaje técnico arrojó como conclusión irrefutable que una de las firmas plasmadas en las escrituras públicas del bien inmueble era completamente falsa. Esta alteración documental dejó en evidencia las maniobras irregulares utilizadas para blanquear el origen del terreno y dar una apariencia de legalidad a los posteriores traspasos.
La postura de René Higuita y la defensa de buena fe
Por su parte, el histórico jugador antioqueño ha sostenido públicamente una férrea defensa sobre sus actuaciones financieras y la posesión de este domicilio. El debate por este inmueble no es nuevo; Higuita ya había manifestado abiertamente su inconformidad con el manejo institucional de la propiedad. Específicamente, el 11 de junio de 2023, el exjugador utilizó sus plataformas oficiales en redes sociales para difundir un video en el que denunciaba de manera directa a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) por el prolongado estado de deterioro en el que se encontraba la estructura habitacional.
«A lo largo de todo este tiempo se logró demostrar con documentos legales y todo el soporte jurídico que el bien lo adquirí con mi trabajo y de buena fe», aseguró el exarquero a través de una declaración en su cuenta oficial de la red social X. La defensa técnica de René Higuita argumentó reiteradamente que la compra se efectuó bajo los parámetros de la buena fe exenta de culpa, argumentando que desconocían los pasados vínculos de los propietarios iniciales con las finanzas del narcotráfico de la década de los ochenta. Sin embargo, la legislación colombiana en materia de extinción de dominio establece que la ilegitimidad del dinero de origen contamina de forma permanente los derechos reales sobre los bienes, primando el interés constitucional sobre cualquier transacción subsiguiente si no se desvirtúan plenamente las anomalías en la cadena de tradición.
Administración estatal definitiva del predio
A partir de la emisión en firme de este fallo judicial, el destino del inmueble en el barrio El Poblado quedará bajo el control absoluto de las entidades del Estado colombiano. El inmueble pasará formalmente a ser administrado por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), la entidad gubernamental encargada de gestionar, enajenar o destinar los bienes que son objeto de medidas cautelares y sentencias sancionatorias de extinción de dominio.
Las leyes colombianas contemplan este mecanismo judicial como una vía civil de carácter constitucional que avanza de manera independiente a cualquier responsabilidad de tipo penal o condena de cárcel contra los poseedores actuales de los terrenos. Por tal motivo, la sentencia emitida por el juzgado de Medellín no implica una sanción penal ni privativa de la libertad contra el exfutbolista de la Selección Colombia, sino el retiro legal de los derechos de propiedad sobre un activo que la justicia consideró viciado de origen por el lavado de activos de la criminalidad organizada. Con esta resolución se cierra uno de los capítulos judiciales más prolongados que vinculan a figuras del deporte nacional con la compleja herencia patrimonial de la época del narcotráfico en Antioquia.


