Desde el 16 de enero del 2025, la subregión Catatumbo ha sido escenario de múltiples
hechos que vulneran los derechos humanos y el derecho internacional humanitario (DIH). Actualmente, continúa enfrentando una grave crisis humanitaria, siendo los municipios de Tibú y El Tarra unos de los más afectados. En la zona persisten diversos riesgos de desplazamiento forzado y otros hechos victimizantes derivados de los constantes enfrentamientos entre los grupos armados ilegales que hacen presencia en el territorio. Esta crisis ha generado poco más de 78.000 desplazamientos forzados.

La Defensoría del Pueblo emitió el pasado 29 de octubre la Alerta Temprana de Inminencia 017 de 2025. Lo anterior, por la intensificación de la confrontación armada entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las disidencias de las extintas Farc (Frente 33 y Bloque Magdalena Medio), sumado a la consolidación del control territorial ejercido por el ELN.

La Defensoría del Pueblo alertó que:

  • El escenario actual se caracteriza por la configuración de un alto riesgo y
    vulneración masiva de derechos humanos e infracciones graves al DIH. En
    particular, existe un escenario de riesgo focalizado en la cabecera urbana, en los
    corregimientos Reyes de Campo Dos, Pachelli y La Gabarra, y en las veredas
    Versalles, Oru 7, Campo Seis y Caño Indio, del municipio de Tibú.
  • El riesgo se explica por la coexistencia de economías legales e ilegales (explotación
    petrolera, palma de aceite, minería informal, tala, explotación clandestina de
    hidrocarburos y alta concentración de cultivos de uso ilícito). Esto, junto con la
    débil presencia estatal y baja gobernabilidad, ha generado una estructura de poder
    paralela que expone a la población a extorsiones, desplazamientos y reclutamiento
    forzado.
  • El control territorial y social se ejerce mediante la imposición de normas de
    conducta, la regulación de la movilidad y de la vida comunitaria. Esto configura un
    escenario de doble autoridad armada ilegal en el casco urbano, donde barrios
    están regulados por el disidente Frente 33 o por el ELN.
  • Tibú posee una ubicación estratégica por su extenso límite fronterizo con
    Venezuela, lo que facilita el tránsito irregular y lo convierte en un corredor de
    movilidad y economías ilícitas de alto valor para los grupos armados.

De otro lado, en mayo anterior, el presidente de la República, mediante la Resolución 161 de 2025, autorizó la Zona de Ubicación Temporal (ZUT) por siete meses en el área rural de Tibú, Norte de Santander. En la resolución se estableció que los integrantes del Frente 33 del Estado Mayor de Bloques y Frente (EMBF) tendrían un plazo de 45 días para trasladarse a la ZUT.

Desde el momento inicial, el mismo Frente 33 manifestó dudas sobre la operatividad de
la ZUT. Alias ‘Andrey Avendaño’, comandante del frente en mención, afirmó en entrevista del 7 de mayo para La Opinión (de Cúcuta) que el grupo no contemplaba concentrar a todos sus miembros, especialmente porque temen por su seguridad y la de la población civil que “dejarían sola” en caso de concentrarse.

La Defensoría alertó sobre los riesgos para las comunidades aledañas y miembros del grupo que se concentraran por el conflicto activo. Desde entonces no se han acordado los protocolos necesarios, y el conflicto entre el Frente 33 y el ELN se ha mantenido sin desescalar y concentrado en Tibu, haciendo aún más dudosa esta operatividad. Sin embargo, el 23 de diciembre el presidente, mediante Resolución 474 de 2025, “prorrogó” por siete meses la ZUT para “continuar con el alistamiento para el ingreso”.

Hechos recientes

La situación en El Tarra continúa siendo crítica. Desde el 14 de diciembre se han registrado nuevos enfrentamientos en la vereda La Angalia (jurisdicción de Tibú) entre el ELN y el disidente Frente 33, pertenecientes al Estado Mayor de Bloques y Frente (EMBF). Este
último grupo, en negociaciones de paz con el Gobierno nacional.

  • Por los hechos del 14 de diciembre, se tiene un registro aproximado de 74 familias
    desplazadas de diferentes zonas rurales del municipio de El Tarra y del municipio
    de Tibú (provenientes de las veredas Mineiro, Isla del Cerdo, Filo de la Virgen, Los
    Robles, Las Palmas).
  • El 17 de diciembre, en el corregimiento Pachelli, del municipio de Tibú, según
    monitoreo realizado por la Defensoría del Pueblo, se evidencia un evento de
    confinamiento como consecuencia de enfrentamientos entre el Frente 33 y el ELN.
    A ello se sumó el paro armado declarado por el ELN. Según reportes del Comité
    Territorial de Justicia Transicional, el evento de confinamiento corresponde a
    aproximadamente 1.500 familias que habría afectado a alrededor de 6.000
    personas. Cinco familias más se desplazaron hacia Ocaña.
  • Asimismo, los ataques con drones continúan en el corregimiento Filo Gringo (El
    Tarra) desde el 24 de diciembre. Debido al alto riesgo y a las restricciones
    impuestas por el conflicto, las comunidades no han podido desplazarse hacia la
    zona urbana. No obstante, líderes comunitarios advierten sobre el desplazamiento
    masivo de más familias provenientes de distintas zonas rurales del municipio.
  • Entre el 22 y el 26 de diciembre, se generó un evento de desplazamiento forzado
    masivo en la vereda Kilometro 16, de Tibú. Este evento derivó en el
    desplazamiento de 223 personas. Unas familias están en la ciudad de Cúcuta y otras
    (22 familias) en el casco urbano de Tibú.
  • En la noche del 28 de diciembre hubo combates en Filo Gringo. Varias familias, de
    acuerdo con el reporte de líderes comunitarios, se estarían desplazando hacia el
    casco urbano de El Tarra.
  • En este momento siguen llegando familias desplazadas a Cúcuta y Tibú.

La Defensoría del Pueblo activó las rutas de prevención y protección, orientación, acceso
a derechos y acompañamiento a las familias desplazadas; ha participado en los Comités
de Justicia Transicional ampliados en Norte de Santander y Tibú y en la elaboración de los censos sobre desplazamientos masivos.

Sobre esta situación, la Defensoría ha verificado las siguientes situaciones:

  1. La Alcaldía de Cúcuta y Tibú cuentan con capacidades limitadas para ofrecer, de
    manera sostenida, la atención de los eventos recientes de desplazamiento y
    confinamiento. Los entes territoriales manifiestan poca capacidad presupuestal y
    terminación de contratos del personal dispuesto para la atención y del operador
    logístico.
  2. Integrantes de la Mesa de Víctimas solicitaron caravanas humanitarias para entrar
    a territorios de Tibú que se encuentran confinados, razón por la que las personas
    no han podido acceder a derechos y servicios.
  3. Adicionalmente, presidentes de juntas de acción comunal han remitido listados de
    personas que se han refugiado de manera intraveredal, sin lograr desplazarse hasta
    la zona urbana debido a la intensidad de los enfrentamientos.
  4. Por razones de seguridad, la institucionalidad no ha podido desplazarse a los
    lugares de los hechos para realizar verificación directa. En ese sentido, existe
    subregistro de otros eventos de desplazamiento y confinamiento.Se evidencia una exacerbación del uso de drones en las confrontaciones entre el
    ELN y las disidencias de las extintas Farc.
    Al respecto, la Defensoría del Pueblo recomienda:
  5. A las alcaldías de Cúcuta y Tibú, de manera articulada y coordinada con la Unidad
    para las Víctimas, desplegar y fortalecer la ruta de atención para garantizar la
    atención humanitaria en la etapa de inmediatez y en el marco de los principios de
    concurrencia, subsidiariedad y corresponsabilidad. Se requieren mayores
    capacidades en los entes territoriales para la toma del censo, ayuda humanitaria,
    kits de emergencia y alojamiento. Se debe fortalecer un plan para garantizar la
    atención de otros eventos masivos de personas desplazadas hacia Cúcuta y Tibú
    (casco urbano).
  6. Garantizar una respuesta eficaz y oportuna por parte de la Unidad para las
    Víctimas. Lo anterior, teniendo en cuenta que los entes territoriales no cuentan
    actualmente con la capacidad de respuesta para atender la magnitud de la
    emergencia humanitaria.
  7. Al Ministerio del Interior, coordinar la respuesta rápida con las autoridades
    nacionales y territoriales para implementar las recomendaciones de la Alerta
    Temprana 017 de 2025 sin dilaciones y conforme al plan acelerado acordado en el
    marco de la Comisión Interinsitucional para la Respuesta Rápida a las Alertas
    Tempranas (Ciprat).
  8. A la Consejería Comisionada de Paz, del Gobierno nacional, evaluar con extrema
    precaución los protocolos operativos necesarios de cara al anuncio de la
    constitución de la ZUT, dados los riesgos por el conflicto activo para las
    comunidades aledañas y miembros del grupo que se llegaran a concentrar.
    Asimismo, requerir al grupo para que implemente acciones para desescalar el
    conflicto, ante la existencia de la mesa de negociación con el Frente 33.
  9. A los grupos armados ilegales, en particular al Frente 33 de las disidencias del EMBF
    y al ELN, cesar de inmediato las confrontaciones armadas, adoptar las medidas
    para proteger a la población civil, respetar el DIH y evitar afectaciones a las
    comunidades y civiles en la subregión Catatumbo. Asimismo, permitir la activación
    de corredores humanitarios que redunden

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