Con el propósito de mitigar los riesgos en el suministro de energía eléctrica y hacer frente a la reducción en la capacidad de generación nacional, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) oficializó la implementación de un esquema tarifario especial enfocado en el ahorro energético. La regulación, contenida en la Resolución 101 120 de 2026, establece un sistema de incentivos y recargos económicos que busca desincentivar el uso excesivo de electricidad en los hogares, comercios e industrias de todo el territorio nacional.
La medida entró en vigor el 1 de septiembre con una vigencia inicial de seis meses. Durante este periodo, las empresas prestadoras del servicio público de energía monitorearán el comportamiento del consumo de cada usuario frente a una meta individual prefijada, aplicando cobros adicionales a quienes sobrepasen los límites contemplados por la normativa.
El cálculo de la meta individual y los rangos de evaluación
Para la aplicación de esta medida, el sistema no impone un tope genérico aplicable por igual a toda la población, sino que determina una meta individual de consumo para cada hogar o establecimiento. Dicha meta se calcula a partir del historial previo de facturación y del consumo promedio registrado por el usuario en los periodos anteriores.
Mensualmente, las facturas reflejarán la comparación entre el consumo real registrado en el periodo y la meta asignada. A partir de este cruce de datos, los usuarios quedarán clasificados en tres franjas operativas:
- Rango de ahorro (menos del 90 % de la meta): Aquellos usuarios que logren reducir su demanda mensual por debajo del 90 % de su parámetro base se convertirán en candidatos para recibir un incentivo económico al finalizar los seis meses del programa.
- Zona neutral (entre el 90 % y el 110 % de la meta): Quienes mantengan un nivel de consumo dentro de este margen no percibirán modificaciones extraordinarias en la facturación, manteniéndose al margen tanto de cobros adicionales como de incentivos.
- Franja de sobreconsumo (por encima del 110 % de la meta): Los usuarios que superen el límite del 110 % de su parámetro establecido deberán asumir un recargo tarifario diferencial sobre el excedente consumido.
Es fundamental precisar que el recargo financiero no se aplicará sobre la totalidad de la factura ni sobre el total de kilovatios-hora (kWh) consumidos en el mes. El valor extra se liquidará únicamente sobre la energía excedente que sobrepase la barrera del 110 %. Por ejemplo, en el caso de un usuario con una meta de 200 kWh, la franja de tolerancia se extenderá hasta los 220 kWh; si dicho usuario registra un consumo total de 230 kWh en el mes, la sobretasa se calculará exclusivamente sobre los 10 kWh de exceso.
Porcentajes de recargo según la estratificación y el sector económico
El marco regulatorio fijado por la CREG estipula una escala progresiva para la sobretasa, diferenciando los porcentajes de recargo en función del estrato socioeconómico de los predios residenciales y de la naturaleza comercial o industrial del suscriptor.
De esta manera, la estructura de cobros por sobreconsumo queda conformada de la siguiente forma:
- Estratos 1, 2 y 3: A los suscriptores pertenecientes a estos sectores socioeconómicos se les aplicará un recargo del 30 % adicional sobre la tarifa base regular por cada kWh que supere el límite permitido.
- Estratos 4, 5 y 6: En estos niveles residenciales, la sanción económica ascenderá al 50 % adicional sobre la tarifa aplicada al consumo excedente.
- Sector comercial e industrial: Las unidades productivas, locales comerciales e industrias registrarán el porcentaje de cobro más elevado del esquema, con una sobretasa del 70 % adicional sobre la tarifa fijada para los kWh consumidos por encima del margen de tolerancia.
Implementación automática e impacto en los usuarios
La autoridad reguladora confirmó que la entrada en marcha de este mecanismo no requiere ningún tipo de trámite, solicitud o inscripción previa por parte de los suscriptores. Las distintas compañías distribuidoras y comercializadoras de energía del país realizarán las mediciones de manera automática dentro de sus procesos habituales de lectura de contadores y facturación.
El gobierno y los organismos reguladores señalaron que el objetivo central de la Resolución 101 120 de 2026 es promover un uso eficiente de la energía durante un periodo crítico para la infraestructura eléctrica del país. Al incentivar el ahorro voluntario y penalizar los excesos de demanda, se busca garantizar la estabilidad del sistema interconectado nacional y prevenir posibles contingencias en la prestación del servicio energético durante los próximos meses.


