Así lo plasma en el informe final de la visita realizada a la entidad. Hablamos del contrato 16339 del 1 de enero de 2025 suscrito entre Luis Fernando Acosta Sanz, Director en ese momento y la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DE LA SALUD – APROSALUD, para suministrar el talento humano idóneo. 

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A pesar del argumento que estaba eximido para ese tipo de contrato el control del Consejo Directivo, esto dice la Supersubsidio:

«…se hizo sin la autorizacion del Consejo Directivo, trámite que ha debido surtirse en tanto que el contrato superaba ampliamente, la cuantía fijada por la Asamblea de Afiliados para que el director de la Corporación pudiera contratar directamente(350 SMLMV)» y remata diciendo que debe ser autorizada por el Consejo Directivo.

¿Para qué entonces se le pagan millones mensuales a Consejeros si en los contratos más grandes no pueden controlar?

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