Presuntos sobrecostos en los contratos de $79.400.000 para tapabocas, el de insumos de bioseguridad por $10.214.240 y para camas y camillas por $93.186.000, detectó el Contralor Juan David Hurtado y su equipo ante la denuncia del 4 de abril que elevamos iniciado el estado de emergencia por el COVID 19 y en consecuencia de nuestras investigaciones sobre el uso de bolsas plásticas del personal como uniforme porque no entregaban material de bioseguridad.
Véase Bolsas de basura como trajes de bioseguridad y mal pagos trabajan nuestros médicos y enfermeros y Estudiantes donan dotación que la ESE SALUD y las ARL no entregan a médicos
Y claro, Jorge Iván Duque Cardona, Gerente de la ESE SALUD Pereira y su equipo lo negaron pero hoy el contralor demuestra que sí hubo irregularidades tales como contratistas sin experiencia, sin capacidad económica, que reparan equipos eléctricos pero les venden elementos de bioseguridad, solo entregaron kits biológicos al personal 5 semanas después de recibidos, y tenemos la razón.
>> Enlace PDF Hallazgos Contraloría de Pereira
Presunto sobrecosto de $93.060.000 en compra de camas que pagaron a $6.604.500 cuando hay cotización de $3.502.500. No aportaron pruebas de la entrega de los 2.000 Tapabocas N95 comprados y pagados por $35.700.000. El material ingresó el 25 de marzo y lo entregan al personal de Administración del Centro el 30 de abril, (después de que El Expreso denunció los uniformes de bolsas plásticas). Pagan tapabocas de $45.000 a $95.000, pactaron la marca NATURAL MASTER y en realidad eran MV con presuntos sobrecostos de $23.540.500.
8 hallazgos administrativos, 4 disciplinarios, 2 fiscales y 1 sancionatorio por $116.726.500
La denuncia
Nuestra denuncia D20-0011-0579-012 de abril 24/2020 es la siguiente: “…que la ESE SALUD PEREIRA ha manifestado que allí todo lo de dotación esta normal y al día; a pesar de que denunciamos cómo personal médico que labora allí debe usar bolsas plásticas para trabajar y solo esta semana ante nuestra denuncia empezaron a repartir dotación que reclaman tenían guardada para más adelante. Solicitamos también que investigaran y recopilaran lo siguiente:
1- Que la ESE SALUD PEREIRA brinde evidencia de cuándo entregaron dotación de protección como traje de bioseguridad y kits de seguridad al personal médico en general (no solo directivos). C on acta de entrega y fecha. Ademas de qué elementos entregaron en detalle con su referencia y nombre y cargo de la persona que recibe.
2- Le informe la ESE SALUD PEREIRA por qué teniendo ese material de dotación apenas denunciamos entregan los elementosl…”
Contratos por $79.400.000 y $10.214.240
El Contrato N°0804-2020 para el Suministro de tapabocas N95 y mascarillas quirúrgicas desechables por valor final de $79.400.000 y el Contrato N°0852-2020 para Compra de insumos de bioseguridad médico quirúrgicos por valor final de $10.214.240.
Aportaron registros de entrega incompletos, incumplimiento de cláusula contractuales, lo que generó desinformación del organismo de control y no se pudo demostrar la oportunidad en su entrega o el estado de suministros adquiridos pendientes por entregar en stock del Almacén. Situación que confirma parcialmente lo expuesto en lo denunciado.
Para este contrato la persona natural fue creada y renovada el 22 de marzo y con un capital de solo 4 millones de pesos
Al analizar el Certificado de Matrícula Mercantil N°18162703 del Contratista, indica que la Persona Natural fue creada y renovada apenas en marzo 22/2019, a menos de un (01) Año de experiencia de la firma del contrato, con un Activo Total de $4.000.000 que equivale a un escaso 5.03% del valor total del contrato N°0804-2020.
Su razón no tiene nada que ver con suministros médicos
Además, la descripción de la actividad económica es el Mantenimiento de equipo eléctrico, equipo de comunicación, comercio al por menor de computadores y equipos periféricos, comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados y destaca como actividad principal C3313 Mantenimiento y reparación especializado de equipo electrónico y óptico, que no guarda relación con el objeto del contrato.
No aportaron certificados de experiencia ni capacidad para contratar
Por otro lado, aunque fueron requeridos en desarrollo del proceso auditor, no se allegaron soportes como experiencia, facturación, certificaciones y demás documentos que demostraran la capacidad para contratar, experiencia e idoneidad del contratista designado; situaciones que se encuentran en contravía de lo requerido en el numeral 6 de los Estudios Previos. Así mismo no se pudo demostrar la relación de experiencia con el Código UNSPSC 42131606 Máscaras quirúrgicas o de aislamiento para personal médico expuestas en el numeral 3 de los Estudios Previos.
Sede de Electronitech Calle 25 5-47 Pereira
Pero llama la atención al analizar por otro lado los Estudios Previos numeral 5.3 que determina que la única cotización presentada en el Estudio de Mercado que arrojó el valor final del contrato, fue de la Firma Electronitech que cuenta con Matrícula Mercantil N°18115519 de junio 13/2014 y renovada en marzo 22/2019 también con un Activo Vinculado de $4.000.000 que equivale a un escaso 5.03% del valor total del contrato N°0804-2020 y que describe en su actividad económica el Mantenimiento, calibración, venta y reparación de equipos médicos , que SI guarda cierta relación ; pero con quien finalmente se suscribió contrato fue con la Persona Natural, quien presuntamente carece de la idoneidad y experiencia, porque el Establecimiento Comercial no se relaciona en la Minuta Contractual, antecedentes PGN, CGR, no se requirió su Certificado Mercantil y demás documentos del expediente.
¿Qué respondió a esto Jorge Iván Duque Cardona, Gerente de la ESE SALUD Pereira?
El Gerente da respuesta en comunicación de mayo 20/2020 con los siguientes argumentos. “…Los tapabocas son declarados por el INVIMA dispositivos médicos vitales no disponibles durante la emergencia COVID 19 a partir del 11 de marzo de 2020; es por esto que la ESE Salud Pereira, toma la decisión de adquirir los dispositivos denominados tapabocas al oferente que tuviera capacidad de suministrarlo, debido a la escasez de estos productos el único oferente en aquella época fue la Persona Natural con establecimiento de comercio …….. y NIT 4407551-1…»
No explican por qué firman con una persona con menos de un año de experiencia y sin capital adecuado
Desde la etapa de planeación Estudios previos numeral 6 se indicaba que se tendría en cuenta la idoneidad, experiencia y conocimiento y el cúmulo de actividades de se pretendían desarrollar ; por otro lado, para la adquisición de este tipo de insumos por parte del Municipio de Pereira Sector Central, Instituto de Movilidad, Aeropuerto Internacional Matecaña, todos adquirieron sin ningún problema a Personas Naturales y/o Jurídicas idóneas para hacerlo, lo que demuestra que sí existían oferentes idóneos a quien solicitar cotizaciones y con quien poder contratar.
¿Entregaron realmente kit de seguridad al personal médico?
El gerente Jorge Iván Duque Cardona contesta: “…Se anexa planilla de entrega de kit de seguridad para enfrentar la Pandemia COVID-19 (Folio 7 al 21 y de 41 al 44)…”; sin embargo, las planillas aportadas en los folios citados en la respuesta de la ESE corresponden a la entrega de Overoles de Seguridad, careta o visor, monogafas, bolsas riesgo biológico, bata plástica, petos, trajes de bioseguridad, polainas y pijamas quirúrgicas, que no guardan relación con los elementos adquiridos en el Contrato. Solo entregaron a una bacterióloga.
Presuntos sobrecostos de $93.186.000 en compra de camas
El valor del contrato N°829 de 2020 que fue de $198.135.000 por la adquisición de 30 camas con su respectivo colchón, al compararse con la cotización presentada por la Empresa Medicol se puede presentar un posible detrimento patrimonial por valor de $93.186.000, la empresa MEDICOL cotizó el valor de los elementos objeto del contrato por valor de $3.102.000 presentando diferencias en el valor unitario de la cama hospitalaria y colchón, toda vez que el contrato en revisión el valor unitario fue de $6.604.500 presentando diferencias por valor de $3.502.500 por c/u”.