El hallazgo 28 de la Contraloría General de la República en convenios firmados por la CARDER para la construcción de 209 Tanques Sépticos – Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales – STARD- en los años 2017 y 2018, para Quinchía, Santuario y La Celia, estableció que no fueron construidos con los parámetros técnicos establecidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Otra perla más para la actual directora Martha Mónica Restrepo Gallego, aparte de que llevamos 4 años eligiendo un director que no llega mientras cada día la CGR destapa más falencias de quienes la dirigen. (Lea también: Conozca los antecedentes de Martha Mónica y 7 aspirantes a director de la CARDER ).
La Corporación Autónoma Regional de Risaralda — CARDER, no aplicó las normas
Al revisar los Convenios Interadministrativos 390/2017, 466/2017, 399/2018, 445/2018 y 465/2018, suscritos por la CARDER, para el Municipio de La Celia, Empresas Públicas Municipales de Quincha E.S.P y la Empresa de servicios públicos de Santuario E.S.P, respectivamente, se construyeron 209 Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales con capacidad de 2000 litros, Filtro Anaerobio de Flujo Ascendente — FAFA con una capacidad de 1000 litros con material filtrante usando guadua y manguera en polipropileno de 3″ de 20 mt para descole del efluente al suelo.
No pasó la inspección
En revisión documental y visitas realizadas por personal técnico de la CGR a STARDs se determinó que los sistemas construidos no cumplen con los parámetros técnicos estipulados en la Resolución 0330 de 2017: ?
– El lecho filtrante del Filtro Anaerobio de Flujo Ascendente — FAFA, no corresponde a lecho de grava o material filtrante plástico determinado en la norma, se visualizaron en los STARDs construidos cantidades y trozos de guadua de tamaño variable entre 70 cm a 30 cm , características que no garantizan suficiente área de contacto superficial para el establecimiento de la biopelícula de microrganismos, y por ende, una adecuada eficiencia en la remoción de los contaminantes.
?- No se visualizó ningún tipo de sistemas de tratamiento complementario posterior al FAFA, se observó manguera en polipropileno de 3″ de aproximadamente 20 m para descole del efluente de manera directa al suelo. ?La situación descrita se debe a debilidades en la aplicación de los parámetros técnicos establecidos en la legislación vigente, construidos así no cumplen con los estándares de remoción de contaminantes en detrimento de las fuentes hídricas y acuíferos receptores de los vertimientos originados.
Parte de la respuesta de la CARDER»
…En relación a la utilización de los cogollos de guadua, la misma está fundamentada técnicamente en la Resolución CARDER 3172 de 2014 (anexa), logrando con una materia prima barata y local realizar los mantenimientos pertinentes al sistema.»
Y esto concluye la CGR
-La entidad no aporta soportes que validen la afirmación del cumplimiento en la remoción de sustancias contaminantes de los sistemas instalados, igualmente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, genera directrices, normas que son de obligatorio cumplimiento para el sector privado y público en tema de Saneamiento Básico.
-La entidad no aporta soportes técnicos que evidencien que son tomadas en cuenta las condiciones geográficas del terreno y de topografía, no hay pruebas de infiltración, planimetrías y altimetrías que validen lo informado. ?
Lea el informe completo aquí:
Informe Auditoria Financier… by El Expreso Periódico
Usaron trozos de guadua de 70 centímetros cuando el largo es de 5 cms
En relación a la utilización de los cogollos de guadua, fundamentada técnicamente según la entidad, en la Resolución CARDER 3172 de 2014, es necesario tener en cuenta que los parámetros establecidos en dicho acto administrativo se basan en estudios de tipo experimental, que normativamente no están validados en las directrices de la Resolución 330 de 2017 del ahora Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, norma de carácter obligatorio cumplimiento para la CARDER y cualquier otra entidad, además, en la literatura y publicaciones relacionadas con el tema, establecen experiencias con trozos de guadua de tamaño máximo de 5 cm de largo para un funcionamiento aceptable, lo evidenciado en campo fueron trozos entre 70 cm a 30 cm, que técnicamente no proporcionan el efecto de filtración en el agua residual ni de remoción de sustancias esperado para este tipo de sistemas. ? Y valida el hallazgo con posible incidencia disciplinaria
Reflexión
Por muchas cortinas de humo y eventos que realicen si no hay cambio de raíz la entidad seguirá igual
Aunque traten de disimular, en la entidad los males que la aquejan son graves y profundos, la entidad requiere cirugía profunda y eso la verdad lo veo difícil, hay que conformar un buen Consejo Directivo, la dirección y muchos cargos intermedios para acabar con «vacas sagradas» que nada positivo aportan a la entidad.