¿Cómo empezó este turbio negocio en contra de los intereses de los pereiranos?

El 22 de junio de 2015 el INFIDER con la gerente BRISELIA YAMILÉ ÁLVAREZ GIL y la INMOBILIARIA VILLEGAS & ASOCIADOS LTDA. Suscribieron el contrato de administración Nº 20 de 2015 , para la administración del bien inmueble denominado LOTE Nº 10 LA VILLA, ubicado en la VILLA OLÍMPICA DE PEREIRA.

Irregularidades

 Al momento de suscribirse el contrato de Administración en la vigencia 2015, la INMOBILIARIA VILLEGAS & ASOCIADOS SE ENCONTRABA EN LIQUIDACIÓN (un enorme riesgo para el INFIDER).

-La comisión pactada fue del 20% DE ADMINISTRACIÓN , que excede la comercial del mercado que es máximo el 13% .

-La gerente anterior no realizó un estudio de mercadeo ni de avalúo de rentabilidad y acepto el canon de arrendamiento, corriendo el riesgo de involucrar al INFIDER en un detrimento, porque para el contrato suscrito entre la INMOBILIARIA Y LA FUNDACIÓN contemplaron espectáculos cuyo alquiler puede generar hasta $25.000.000 mensuales de ingresos .

Duración de este contrato

1 año, pero La Inmobiliaria Villegas Y Asociados Ltda. el 4 de noviembre de 2015 suscribió el contrato de arrendamiento con la FUNDACIÓN CIUDADANOS NUEVO MILENIO, con un plazo de duración de 10 AÑOS, el coarrendatario es Tu Baño S.A.S. algo que a simple vista puede parecer normal, un coarrendatario cualquiera, sin embargo, hay algo oculto.

Irregularidades

 La Inmobiliaria Villegas Y Asociados suscribió un contrato con la Fundación Ciudadanos Nuevo Milenio por 10 años, excediendo sin autorización el plazo suscrito con el INFIDER.

-El representante legal de la Fundación Ciudadanos Nuevo Milenio es el señor GERARDO ÁVILA el mismo representante legal de TU BAÑO S.A. Arrendatario y Coarrendatario a la vez , yo me alquilo a mí mismo y si ocurre un caso de insolvencia, ¿quién paga?

-El Consejo de Estado se pronuncia sobre la improcedencia de la prórroga de contratos estatales de arrendamiento a las vigencias fiscales y no podría entonces una entidad estatal pactar un contrato superior a un año.

-Dentro de las cláusulas del Contrato la 17ª, habla de PÓLIZAS DE CUMPLIMIENTO que tenía que adquirir dicha inmobiliaria, las cuales no aparecen en el expediente ni en los informes de la Inmobiliaria, es causal de terminación unilateral del contrato.

¿Cuál era el destino de arrendamiento entre Villegas & Asociados Ltda. y la Fundación Nuevo Milenio?

Clausula 8ª: Destinación: “El arrendatario se compromete en dar fuente de trabajo a madres – padres cabeza de hogar de los estratos 1 y 2 y en administrar y mejorar el entorno de la Villa Olímpica el cual sigue siendo para las prácticas deportivas de las diferentes escuelas de fútbol, parqueaderos para los diferentes eventos que se realizan en la Villa Olímpica, Piscinas Olímpicas, Estadio Hernán Ramírez Villegas, Diamante de Beisbol, Velódromo Alfonso Hurtado Sarria y para espectáculos provisionales rodantes,(Circos, Ruedas, Ferias, etc.) El arrendatario se obliga a usar el inmueble para las tareas anteriormente descritas y con fines eminentemente legales y no podrá darle otro uso, ni ceder, subarrendar o transferir el contrato sin la autorización escrita del Arrendador de conformidad con los términos del Art. 523 del Código de Comercio”

Irregularidades

Se evidencian cambios, mejoras, ampliaciones en el lote como movimientos de tierra, que no han sido ni fueron autorizados por el INFIDER, INCLUSO QUE INFRINGEN LAS NORMAS URBANÍSTICAS.

-Lo que denunciaron muchos vecinos de la zona, al parecer lo proyectado eran 10 canchas sintéticas, restaurantes y zonas de recreación.

-No existía el servicio de vigilancia durante las 24 horas de dos vigilantes con sus respectivas prestaciones de ley.

¿Cuánto pagarían de arrendamiento?

La propuesta inicial por parte del presidente de la Fundación GERARDO ÁVILA AGUDELO dirigida a La Inmobiliaria Villegas & Asociados Ltda. el 10 de 0ctubre de 2015 fue de $1.000.000 Un millón de pesos.

Pero no fue aceptada y el 21 de octubre de 2015 el presidente de la Fundación presenta mediante escrito otra oferta por $2.000.000, la cual mediante oficio del 3 de noviembre de 2015 es aceptada por la gerente y representante legal del INFIDER BRISELIA YAMILÉ ÁLVAREZ GIL .

¿Pagarían realmente ese canon de arrendamiento?

Como el INFIDER da permisos ante la CARDER

El 22 de diciembre la gerente del INFIDER, autoriza ante la CARDER para que el señor presidente de la Fundación GERARDO ÁVILA AGUDELO realice el trámite y obtenga los permisos de carácter ambiental para EL PROYECTO DEPORTIVO ZONA 10.

Así este señor radica ante la CARDER solicitud de permiso de ocupación de cauce, autorización para disposición final de material sobrante de descapote y excavación y más y el 26 de enero de 2016 la CARDER emitió el concepto 00075.

¿Recuerdan cómo denunciaban los vecinos que estaban arrojando material de escombros a la quebrada?

Primer llamado de atención del INFIDER

El 17 de febrero con oficio radicado 00009, HERMAN DE JESÚS CALVO PULGARÍN, gerente encargado del INFIDER, le comunica al representante legal de la inmobiliaria para que a su vez le informe al arrendatario, que es la fundación, sobre la NO AUTORIZACIÓN de ningún tipo de construcción en el LOTE 10 DE LA VILLA OLÍMPICA, y en el evento de que realicen más obras más allá de lo permitido, sería causal de terminación del contrato.

Lo que ha hecho hasta el día de hoy el actual gerente del INFIDER Dr. Sergio Alexander Trejos García

-Una vez revisada la Cláusula Quinta del Contrato de Administración suscrito entre el INFIDER y la INMOBILIARIA VILLEGAS & ASOCIADOS se puede evidenciar que el plazo pactado por el término de un (01) año expira en la fecha veinte de Abril de 2016 el actual Representante Legal del INFIDER envió comunicación de terminación de contrato de administración.

En la fecha veinticinco (25) de Abril de 2016 la Asesora Jurídica del INFIDER en calidad de supervisora del Contrato de Administración le solicita al Representante Legal de la inmobiliaria presentar el informe mensual de acuerdo a lo estipulado dentro del clausulado de dicho contrato y que explicara las razones por las cuales en la fecha 19 de Abril de 2016 se estaban realizando movimientos de tierra en el LOTE Nº 10 sin las respectivas autorizaciones por parte del INFIDER.

En la fecha 28 de Abril de 2016 mediante oficios radicados bajo los números 000259 y 000260 el Gerente y la Asesora Jurídica del INFIDER comunican a las Curadurías de Pereira Nº 1 y Nº 2 y con copia a la Dirección Operativa de Control Físico de la Secretaría de Gobierno Municipal de Pereira LA NO AUTORIZACIÓN DE NINGÚN TIPO DE LICENCIAS EN EL LOTE Nº 10 DE LA VILLA OLÍMPICA DE PEREIRA.

Se realizó gestión en la Dirección Operativa de Control Físico de la Secretaría de Gobierno Municipal, en la que reposa el proceso bajo el radicado Nº. 066 de 2016 en contra del señor GERARDO ÁVILA Representante Legal de Tu Baño S.A.S toda vez que en la fecha 1º de marzo de 2016 esta autoridad había instalado un sellamiento en la obra que estaban realizando en el LOTE Nº 10 DE LA VILLA, por no contar con la licencia de movimiento de tierras y este había sido levantado por la Fundación.

En la fecha 3 de mayo del presenta año Control Físico nuevamente se acerca al LOTE Nº 10 DE LA VILLA, encontrando máquinas ejecutando movimientos de tierra y verificando el levantamiento de sellos, para lo cual una vez solicitadas las respectivas licencias y al no ser allegadas por la Fundación, nuevamente instalan los sellos de suspensión de obra.

En la fecha 6 de mayo de 2016 el INFIDER radicó ante la Curaduría Urbana Segunda el uso del suelo general.

En la fecha 11 de mayo de 2016, una comisión de la Contraloría Departamental compuesta por un Ingeniero Civil y un Ingeniero eléctrico en compañía de la supervisora del Contrato realizan inspección en el lote encontrando una escombrera incumpliendo con las normas ambientales. Por tal razón se le solicitará a la CARDER realizar un seguimiento de índole ambiental que fueron otorgadas en el mes de enero como ya se mencionó anteriormente.

De otro lado en esta visita se puede evidenciar que no existe la cancha de fútbol para las prácticas deportivas, lo cual se evidencia en el cambio de la destinación del contrato. Así mismo, se observa que se han realizado cámaras de paso para instalaciones eléctricas, incluidos los ductos eléctricos, cerramiento en yute.

Por lo menos encontramos que en esta administración escuchan la voz de la comunidad y tratan de rescatar de las garras de los oportunistas los bienes de los pereiranos, queda latente, eso sí, la duda de lo que sucederá con la anterior gerente del INFIDER BRISELIA YAMILÉ ÁLVAREZ GIL que ahora al frente del Instituto de Cultura de Pereira no inspira nada de confianza y, ¿qué pasará con su madrina política cuando el alcalde, Juan Pablo Gallo, reconsidere su gestión frente a una dependencia de la ciudad después de ese paso gris al frente del INFIDER?

Esperamos decisiones señor Alcalde.

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