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Acaba de pagar Serviciudad esa multimillonaria sanción y según la ley, debe realizar una acción de repetición contra el representante legal de esa época Carlos Andrés Vega Ortiz, desde hoy empiezan a correr 2 años para que el reembolse esos 1.077 millones de pesos a la empresa y a Dosquebradas.

Sanción de $1.077.997.550 millones de pesos a Serviciudad y $19.974.850 a Carlos Andrés Vega Ortiz  

Por abuso de posición dominante para la distribución y comercialización del agua potable en el municipio de Dosquebradas, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó el 12 de mayo de 2015 a Serviciudad por obstrucción en el acceso a la interconexión a la empresa Acuaseo S.A., a pesar de haber sido ordenada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.   

Aquí se puede observar la resolución a través de la cual la SIC da a conocer la sanción impuesta.

¿Qué es la acción de repetición?  

Se define como el medio judicial que tanto la Constitución como la Ley la otorgan a la Administración Pública para obtener de sus funcionarios o de sus exfuncionarios, el reintegro de la cantidad de dinero de la indemnización que debe reconocer como resultado de esta condena y en el caso de Serviciudad es una sanción pagada con dinero pagado en las facturas para mejorar el servicio e invertir en equipos. 

¿Cuándo caduca una acción de repetición?

Acá resulta aplicable el artículo 11 de la Ley 678 de 2001 según la causal, la acción de repetición caducará al vencimiento del plazo de 2 años, que cuentan a partir del día siguiente al de la fecha del pago total efectuado, en este caso por Serviciudad esta semana. Por lo tanto es el momento en que el señor gerente actual Fernando Dapena dé inicio a ese proceso.    

Y van dos del señor Carlos Andrés Vega Ortiz:  Condenan a Carlos Andrés Vega ex gerente de Serviciudad a pagar $239 millones  y esta sanción por 1.077 millones de pesos.

Reflexión

Sanciones así, las deben pagar de su bolsillo los funcionarios que estaban al frente de las entidades sancionadas.

Queda en manos de los responsables que instauren las acciones correspondientes para que ese dinero retorne a Serviciudad, la acción de repetición se debe iniciar.  

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