En un reciente concepto entregado al Consejo de Estado, la Procuraduría General de la Nación afirmó que no encontró evidencia de irregularidades en la votación del Senado del pasado 14 de mayo, en la que fue rechazada la convocatoria a una consulta popular impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. El resultado, con 49 votos en contra y 47 a favor, bloqueó la intención del Ejecutivo de someter a escrutinio ciudadano su polémica reforma laboral.

La Procuraduría, en un informe de 10 páginas firmado por la procuradora delegada Idayris Yolima Carrillo, explicó que tras revisar los documentos oficiales —como la Gaceta del Congreso y el orden del día—, no halló pruebas concluyentes que sustenten las denuncias de presuntas anomalías en el procedimiento legislativo. El concepto cobra relevancia, ya que será considerado por el Consejo de Estado para decidir si anula o mantiene el acto legislativo impugnado por el ciudadano Raymundo Francisco Marenco.

Las acusaciones y la evaluación del órgano de control

La demanda presentada ante la alta corte alegaba inconsistencias numéricas en el conteo de senadores presentes y votantes, la salida del recinto de un congresista durante la votación, y la supuesta alteración del acta por parte del secretario del Senado. Sin embargo, la Procuraduría concluyó que ninguno de estos hechos fue suficientemente acreditado.

Sobre el primer punto, relacionado con la diferencia entre el número de senadores registrados y los votos emitidos (96 sufragios frente a 97 asistentes), el órgano de control reconoció que la norma exige coincidencia, pero aclaró que no se encontró evidencia probatoria para confirmar cuántos legisladores estaban realmente presentes al momento exacto de la votación.

En cuanto al señalamiento de que el senador Richard Fuelantala Delgado habría abandonado la plenaria antes de votar, la Procuraduría fue enfática en señalar la falta de medios probatorios que permitan verificar su salida del recinto o los términos en que ocurrió. La ausencia de grabaciones u otras pruebas anuló esta objeción.

Respecto a la supuesta explicación del voto por parte del senador Édgar Díaz Contreras después del cierre de la sesión, se determinó que, aun si ocurrió, esto no afectó la legalidad del acto, ya que fue posterior a la culminación del proceso y no modificó el resultado.

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