El Grupo Veedor Ciudadano de Dosquebradas puso mediante un documento la situación jurídica del candidato a la Alcaldía de Dosquebradas, Mauricio Toro. Según el grupo de ciudadanos el candidato ha incurrido en una situación de doble militancia política, lo cual está prohibido por la Constitución y la ley colombiana.

Estas son las razones expuestas por el Grupo Veedor Ciudadano de Dosquebradas, las normas legales que prohíben esta situación y se advierte sobre las posibles sanciones que podrían recaer tanto sobre el candidato como sobre los partidos políticos que avalen su candidatura.

Situación fáctica:

Oscar Mauricio Toro Valencia es un concejal activo del municipio de Dosquebradas.

Obtuvo su curul como concejal en las elecciones de 2019 y representa al partido político Colombia Justa Libres.

Durante su tiempo como concejal, ha participado y debatido en nombre de Colombia Justa Libres.

El 18 de enero de 2023, Oscar Mauricio Toro Valencia se postuló como candidato a la alcaldía por el Grupo Significativo de Ciudadanos SI ES POSIBLE.

A partir de esa fecha, inició su proceso de recolección de firmas y realizó propaganda para respaldar su candidatura.

Normas vulneradas:

Se citan varios artículos de la Constitución Política y la Ley 1475 de 2011 que prohíben la doble militancia política.

Estas normas establecen que un ciudadano no puede pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica.

Además, se señala que los candidatos que resulten electos deben pertenecer al partido o movimiento político que los inscribió mientras ocupen el cargo y deben renunciar a la curul al menos doce meses antes de las inscripciones si desean postularse por otro partido o movimiento político.

Precedente jurídico:

Se menciona una sentencia del Consejo de Estado y una sentencia de la Corte Constitucional que tratan sobre la doble militancia y establecen la necesidad de preservar el principio democrático representativo.

Responsabilidad de los partidos políticos:

Se resalta que los partidos y movimientos políticos son responsables de verificar que sus candidatos cumplan con los requisitos y no estén incursos en causales de inhabilidad.

Se establecen sanciones para los partidos y movimientos políticos que incumplan estas normas, que incluyen la suspensión de la financiación estatal, la suspensión del derecho de inscribir candidatos y la cancelación de la personería jurídica.

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