La Corte Constitucional ha ordenado al Ministerio de Salud el desembolso inmediato de la totalidad de los recursos aprobados mediante el Acuerdo de Punto Final que aún no han sido cancelados hasta la fecha. Esta medida tiene como objetivo evitar la acumulación de nueva deuda a favor de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).
El Acuerdo de Punto Final, una norma concebida para saldar deudas pendientes hasta diciembre de 2019, buscaba evitar el aumento de la carga financiera sobre las EPS e IPS. Su objetivo era claro: liquidar los valores pendientes con motivo de la prestación de servicios y tecnologías en salud. Sin embargo, la Corte ha determinado que para el año 2023 no se había completado el pago total de esta deuda, según las afirmaciones del Gobierno, que preveía su culminación para agosto de 2022.
La Corte ha identificado diversos aspectos significativos en su decisión. En primer lugar, ha evidenciado montos sin cancelar que fueron aprobados dentro del acuerdo y sumas de dinero que no fueron objeto de negociación porque están inmersas en procesos judiciales en curso.
Además, la Corte ha resaltado que, a partir del año 2020, surgió una nueva deuda relacionada con la prestación de servicios de salud. La emergencia por Covid-19 ha tenido un papel crucial en esta acumulación de obligaciones financieras. La Sala ha señalado que, según los actores del sector salud, la deuda por recobros a partir de 2020 asciende a más de un billón de pesos. Este monto se vincula directamente con los servicios prestados durante la pandemia, exacerbando la complejidad de la situación financiera del sector.
La Corte Constitucional busca garantizar el flujo constante de los recursos que el Gobierno nacional debe destinar al pago de determinados servicios y tecnologías en salud. Específicamente, aquellos que han sido designados para ser recobrados por las EPS una vez entregados a la población, un procedimiento conocido como recobro. Estos servicios no se financian ni con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) ni con los Presupuestos Máximos.
La orden de desembolso en un plazo de dos meses establecida por la Corte Constitucional tiene como propósito no solo saldar las deudas acumuladas sino también asegurar la continuidad y eficacia en la prestación de servicios de salud, especialmente en un contexto marcado por la persistencia de la emergencia sanitaria global.