La Corte Constitucional ha reiterado su llamado a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) para garantizar el tratamiento de pacientes con VIH, recordando que la interrupción del mismo debido a barreras administrativas y económicas puede constituir una vulneración del derecho a la salud.
La suspensión del tratamiento con antirretrovirales para pacientes con VIH puede tener graves consecuencias para su salud, incluyendo el deterioro y la aparición de enfermedades subyacentes o infecciones. Es por ello que la Corte ha enfatizado la importancia de que las EPS realicen un seguimiento permanente y garanticen un tratamiento integral para estos pacientes.
Este llamado surge tras la revisión del caso de Genaro, un paciente de nacionalidad venezolana, cuyo tratamiento para el VIH fue suspendido por la Nueva EPS debido a cuestiones administrativas y de pago de aportes a la seguridad social.
La Sala de la Corte Constitucional ha revocado la decisión de la EPS y ha ordenado restablecer la atención y los servicios médicos correspondientes al tratamiento con antirretrovirales para Genaro. Además, se ha instruido al paciente a realizar los trámites necesarios para ser encuestado en el Sisbén, con el fin de determinar su afiliación al Sistema General de Seguridad Social.