La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación presentada contra el magistrado Carlos Roberto Solórzano Garavito y ratificó su competencia para continuar como ponente en el proceso de casación que cursa contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

La decisión desestimó los argumentos de los abogados de las víctimas, quienes solicitaban apartar al magistrado por un presunto conflicto de interés derivado del vínculo laboral de su hijo con la Procuraduría General de la Nación. Para el alto tribunal, la solicitud carecía de sustento jurídico suficiente y se apoyaba en suposiciones que no configuran las causales legales de impedimento.

Según el análisis de la Corte, no se acreditó un interés directo, actual y cierto del magistrado o de su familiar en el resultado del proceso. El fallo precisó que el hijo de Solórzano se desempeña como asesor grado 24 en la Procuraduría, con funciones de carácter administrativo, sin capacidad de decisión ni intervención en el trámite del recurso de casación.

La Sala Penal aclaró además que el funcionario no actúa como agente del Ministerio Público en el expediente contra el exmandatario, ni tiene legitimidad para participar en esa instancia. En ese sentido, el vínculo laboral alegado no resulta suficiente para afectar la imparcialidad del juez natural del caso.

Con esta determinación, la Corte ordenó el retorno inmediato del expediente al despacho del magistrado Solórzano, quien deberá estudiar de fondo la demanda de casación presentada contra la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que confirmó la absolución de Álvaro Uribe. La decisión evita nuevas dilaciones en un proceso de alto interés público y permite que la causa avance hacia su etapa definitiva.

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