Con el propósito de promover una adecuada gestión de los residuos y fortalecer el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER) realizó una capacitación dirigida a representantes de empresas, establecimientos comerciales y actores del sector productivo del departamento sobre disposición final de residuos posconsumo, residuos reciclables y obligaciones ambientales asociadas.

Durante la jornada, los asistentes recibieron información técnica normativa y relacionada con la correcta disposición de residuos, una práctica fundamental para proteger la salud pública, prevenir la propagación de enfermedades, conservar los recursos naturales y reducir la contaminación del aire, el agua y el suelo. Asimismo, se destacó la importancia del reciclaje y el aprovechamiento de materiales como una estrategia clave para impulsar la economía circular y transformar los residuos en nuevos recursos y fuentes de energía.

Uno de los temas abordados fue la Ley 2232 de 2022, que establece la eliminación progresiva de los plásticos de un solo uso en Colombia. La normativa prohíbe gradualmente la producción, importación, comercialización y entrega de 21 productos plásticos de este tipo. El proceso de transición inició el 7 de julio de 2024 y contempla el reemplazo total de estos elementos por alternativas sostenibles o biodegradables antes del año 2030.


La capacitación también incluyó la socialización de la Resolución 316 de 2018, que establece los lineamientos obligatorios para la gestión integral de los Aceites de Cocina Usados ​​(ACU). Esta normativa prohíbe expresamente el vertimiento de estos residuos en el sistema de alcantarillado y exige su entrega a gestores autorizados. Además, obliga a productores, comercializadores, grandes generadores, recolectores y transformadores a registrarse ante la autoridad ambiental competente y garantizar un manejo adecuado de este residuo altamente contaminante.

Otro de los temas centrales fue la Resolución 0591 de 2024, mediante la cual se reglamenta el Plan de Gestión Integral de Residuos Generados en la Atención en Salud y otras Actividades (PGIRASA). Esta disposición amplía su alcance a establecimientos como consultorios médicos y odontológicos, laboratorios clínicos, centros veterinarios, droguerías, peluquerías, barberías, centros de estética, salones de belleza, escuelas de formación, establecimientos para el trabajo sexual y centros de tatuajes, perforaciones y micropigmentación.

La normativa establece la clasificación de residuos peligrosos y no peligrosos, así como las obligaciones para su almacenamiento, manejo y disposición final. Los establecimientos cobijados por la resolución cuentan con un período de transición de 18 meses para adecuar sus procesos, capacitar a su personal y formular los respectivos planos de gestión.

Finalmente, profesionales de la CARDER explicaron el funcionamiento del Registro Único Ambiental (RUA), instrumento oficial desarrollado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el IDEAM para recopilar información estandarizada sobre el uso de recursos naturales, emisiones atmosféricas, generación de residuos peligrosos, consumo energético y demás variables ambientales asociadas a las actividades productivas del país.

Con este tipo de espacios, la CARDER continúa fortaleciendo la educación ambiental y el acompañamiento técnico al sector productivo, promoviendo el cumplimiento de la normatividad vigente y la adopción de prácticas responsables que contribuyen a la sostenibilidad ambiental del departamento.

Con información de la oficina de prensa de la CARDER.

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