A partir del próximo domingo 7 de julio, Colombia comenzará a implementar la prohibición de plásticos de un solo uso, conforme a la Ley 2232. Esta normativa, en su fase inicial, restringirá un grupo específico de productos plásticos, avanzando gradualmente hasta el año 2023 para abarcar un mayor número de artículos.

Dado lo reciente de esta ley, muchos ciudadanos aún tienen dudas sobre cuáles productos estarán prohibidos y cuáles seguirán permitidos. Daniel Mitchell, presidente de la Asociación Colombiana de Industrias Plásticas (Acoplásticos), aclaró estos detalles en una entrevista con Portafolio, señalando los productos afectados por la regulación.

Productos prohibidos

Mitchell explicó que se prohibirá el uso de los siguientes productos plásticos:

– Bolsas plásticas entregadas en comercios, tales como tiendas de barrio, almacenes y fruvers.

– Bolsas utilizadas en lavanderías, así como para envolver periódicos, facturas y revistas.

– Hisopos, pitillos y mezcladores.

– Palitos de plástico para decoraciones, como los utilizados con globos.

Productos permitidos

Por otro lado, la normativa permitirá el uso de ciertos productos plásticos, entre ellos:

– Bolsas de basura.

– Bolsas para los desechos de las mascotas.

– Empaques plásticos, incluyendo envases y embalajes.

– Productos desechables, como cubiertos y vasos para bebidas como tinto, jugos y salpicones en la calle.

– Recipientes portacomidas.

– Icopor.

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