Por: Luis Alberto Vargas Ballén
El ejercicio de la veeduría ciudadana suele ser un camino de resistencia, donde la apatía institucional pretende desgastar la búsqueda de garantías para las comunidades más vulnerables. Por eso, el reciente pronunciamiento del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Villavicencio no es solo un triunfo técnico dentro de un expediente judicial; es una victoria contundente para el debido proceso y la dignidad de miles de familias que lo perdieron todo.
Al declarar la nulidad del fallo de tutela emitido el pasado 9 de septiembre, la jueza ha dejado al descubierto las deficiencias con las que se pretendía dar carpetazo a nuestras demandas. No se puede hablar de tutela judicial efectiva cuando la justicia de primera instancia resuelve de forma superficial, omite evaluar individualmente el silencio o la evasiva de las autoridades y da por respondidos oficios con comunicaciones emitidas incluso días antes de la misma solicitud, como ocurrió insólitamente con el Oficio 2026-047.
Limitar el amparo a una sola alcaldía, ignorando la responsabilidad en cadena del resto de entidades frente a las solicitudes sobre los Asentamientos Humanos de Desarrollo Incompleto (AHDI) y el Registro Único de Damnificados (RUD), constituía un despropósito. La orden judicial es clara: ahora se deberá verificar con rigor quiénes recibieron los petitorios, si respondieron de fondo y oportunamente, y qué consecuencias legales se derivan de la negligencia o el silencio institucional.
Es verdad y debemos ser precisos: esta declaración de nulidad no significa aún la reapertura automática del RUD ni la inclusión inmediata de las familias. Sin embargo, abre la puerta para que la nueva sentencia valore las pruebas sin sesgos ni atajos. Significa exigir respuestas completas sobre las visitas técnicas, la caracterización real y el censo de los hogares vulnerables golpeados por el sismo.
Durante este tiempo, la pregunta de fondo sigue abierta en el territorio: ¿cumplieron los Consejos de Gestión del Riesgo con su deber? En la cuenca del Río La Vieja Tatayamba existen más de 33 mil familias que habitan en cambuches, laderas, zonas de alto riesgo e invasiones. Esas vidas no pueden quedar invisibilizadas detrás de un trámite burocrático. Esperamos que las autoridades hayan aprovechado estos meses para completar la caracterización del 100% de esta población.
Desde la Veeduría Cívica Armenia y Quindío no daremos un paso atrás. Seguiremos vigilantes para que este mandato judicial se traduzca en verdad, transparencia y soluciones reales para quienes hoy siguen esperando una respuesta del Estado.
Las alcaldías del occidente colombiano deben estar alerta porque pensaban que se habían salido por la tangente pero este fallo los vuelve a vincular.
Auto Declara Nulidad de lo Actuado Tutela 202600272 Juzgado 6to Penal Circuito Villavicencio


