La Procuraduría General de la Nación envió un concepto contundente a la Corte Suprema de Justicia indicando que no es necesaria una orden de captura UNGRD contra los seis congresistas investigados por el escándalo que sacude a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. La procuradora segunda delegada para Juzgamiento Penal, Martha Luz Canabal Martínez, firmó el documento que influyó directamente en la decisión final de la Sala de Instrucción.

En el concepto de siete páginas, la procuradora reconoció que existen pruebas sobre la supuesta participación de los congresistas en los hechos, pero enfatizó que la medida de aseguramiento no cumple con los criterios de urgencia, necesidad ni proporcionalidad. “La medida de detención preventiva no se considera necesaria, ni urgente, ni razonable”, indicó Canabal en su evaluación.

Los congresistas señalados han mostrado disposición ante la justicia

Los seis legisladores bajo la lupa son Wadith Manzur, Karen Manrique, Liliana Bittar, Juan Pablo Gallo, Juan Diego Muñoz y Julián Peinado. Todos integraban la Comisión de Crédito Público del Congreso, señalada de haber aprobado créditos a cambio de beneficios ilegales de la UNGRD.

Según la Procuraduría, estos congresistas han respondido oportunamente a los llamados judiciales y cuentan con arraigo laboral, familiar y social suficiente para descartar una posible fuga. “Se encuentra debidamente establecido el arraigo de aquellos, sin que se hubiese incorporado ningún medio demostrativo para afianzar un pronóstico de fuga”, se lee en el documento.

La evaluación también destacó que los congresistas no han cometido acciones que entorpezcan la investigación, lo que refuerza la tesis de que no representan un peligro procesal. “La defensa no ha realizado actos temerarios ni de mala fe”, señaló el ente de control, lo que reduce aún más los argumentos para una privación de libertad preventiva.

La gravedad del caso no justifica la captura, según la Procuraduría

Aunque la gravedad de los hechos investigados es indiscutible, la Procuraduría dejó claro que este factor no puede ser el único criterio para solicitar medidas restrictivas. “La gravedad de las conductas no puede erigirse en criterio concluyente para determinar la peligrosidad procesal”, advirtió la delegada Canabal.

Cabe recordar que el magistrado Misael Rodríguez había propuesto ante la Sala de Instrucción que se emitieran órdenes de captura contra los congresistas implicados, pero la mayoría de sus colegas optaron por mantenerlos en libertad, aunque siguen vinculados al proceso. La decisión se tomó el 24 de julio, luego de recibir el concepto del ente de control.

Este caso se enmarca dentro de un escándalo más amplio que involucra la distribución irregular de contratos desde la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Los contratos habrían sido utilizados como moneda de cambio para obtener el apoyo del Congreso a los empréstitos solicitados por el Gobierno.

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